Uruguay: Tribunal de Conducta del Frente Amplio sanciona a Almagro por su ofensiva contra Venezuela

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Almagro realizó “la violación más flagrante” de los “principios” del FA, según el TCP

En su dictamen, el Tribunal de Conducta Política (TCP) del Frente Amplio (FA) llamó a definir una sanción contra los dichos del secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, por haber manejado la posibilidad de implementar una intervención militar para derrocar al régimen de Nicolás Maduro en Venezuela.

El TCP sostuvo que estas declaraciones “pueden considerarse la violación más flagrante” de los “principios” de la fuerza política, dentro de la “altísima función que tiene a su cargo”.

“Es inequívoca la incompatibilidad absoluta de esa postura con los principios que sustenta el Frente Amplio en materia de derecho internacional y defensa del principio de no intervención como pilar indispensable del régimen interamericano”, sostuvo el TCP. Para el órgano del FA, la defensa de ese principio es “vital”, más allá de “la visión que se tenga sobre la situación interna del país”.

Incluso, el TCP considera que Almagro violó la propia carta orgánica de la OEA, al convalidar “el derrocamiento de un gobierno latinoamericano por medio de la fuerza militar”.

La Diaria


Dictámenes del Tribunal de Conducta del Frente Amplio en 2017 y 2018


Plenario del Frente Amplio analizará fallo del Tribunal de Conducta contra Luis Almagro

En las últimas horas se conoció el fallo del Tribunal de Conducta Política del FA sobre Almagro, por sus reiterados cuestionamientos al gobierno de Nicolás Maduro e, incluso su aval para la intervención militar en Venezuela.

Ante ello, el Tribunal expresó que las manifestaciones de Almagro “que dieron por aceptable el derrocamiento de un gobierno latinoamericano por medio de la fuerza militar son violatorias del principio enunciado en el artículo 2 b) de la Carta de la OEA”.

“Independientemente de ello tienen que apreciarse a la luz del rasgo particularísimo que fue, en la historia de América Latina, la práctica secular de las intervenciones militares de los Estados Unidos en sus repúblicas. La OEA tuvo a ese respecto un papel que fue tradicional y constituyó la razón de ser de su creación y su existencia: el de agente encargado de convalidar esas agresiones”, recuerda el Tribunal de Conducta frenteamplista.

Añade que tales antecedentes de profunda trascendencia histórica hacen que “la norma actual, que proclama la no intervención consagrándola ahora como principio fundamental de la OEA, revista un carácter singular y sagrado, y que el desconocimiento de su vigencia irrestricta deba suscitar una condena indefectible”.

Además, se considera que “ninguna circunstancia de orden interno puede justificar el quebrantamiento del principio de no intervención. La misma disposición del artículo 2 b) de la Carta así lo estipula específicamente al establecer que la defensa de la democracia representativa debe enmarcarse dentro del respeto al principio de no intervención”.

También se expresa que “las declaraciones posteriores de Almagro sobre sus dichos no la justifican ni atenúan su gravedad. En la explicación oficial aludida dijo lo siguiente: ‘Dije muy claramente que siempre debemos agotar el camino de las acciones diplomáticas y que debemos dejar todas las opciones abiertas. Que no debe descartarse ninguna opción. A partir de ahí algunas interpretaciones maniqueístas buscaron cambiar el eje de la discusión. El desarrollo fue que hablábamos de ataque militar, de violencia, que éramos favorables a la acción armada. Verdaderamente no corresponde que me explique, y por lo tanto no lo voy a hacer’”, cita el documento.

Agrega: “Esto ratifica la afirmación de que ‘debemos dejar todas las opciones abiertas’ y ‘no debe descartarse ninguna opción’. Que con ello Almagro aludía a una intervención militar no es ninguna ‘interpretación maniqueísta’, sino que fue explícito e inequívoco en su declaración: ‘En cuanto a intervención militar para derrocar el régimen de Nicolás Maduro, creo que no debemos descartar ninguna opción’”.

El FA considera que “la exposición aclaratoria no desmiente la aprobación de una intervención militar, sino que la ratifica”.

Principio de no intervención

“Es inequívoca la incompatibilidad absoluta de esa postura asumida por Almagro con los principios que sustenta el Frente Amplio en materia de derecho internacional y defensa del principio de no intervención como pilar indispensable del régimen interamericano. La preservación de este principio en toda circunstancia es vital, cualquiera que sea la visión que se tenga sobre la situación interna de un país”, afirma el Tribunal.

También afirma que “no existe en este caso impedimento para que el Frente Amplio se pronuncie sobre la conducta de Luis Almagro y su relación con las normas y principios que el Frente sustenta”, y remarca que los actos reseñados “pueden considerarse la violación más grave de esos principios que cabe imaginar en el ejercicio de la altísima función que tiene a su cargo”.

Por tal motivo, el Plenario del sábado 15 podría resolver la expulsión de Almagro.

La Red 21

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