México: la Justicia deshecha otra demanda contra la Ley de Seguridad
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, a cargo de las demandas en contra de la Ley de Seguridad Interior (LSI) en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), desechó por improcedente la controversia constitucional que presentó la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca.
Pardo Rebolledo rechazó el ingreso de la demanda porque los organismos estatales de derechos humanos sólo pueden acudir a la SCJN para impugnar leyes estatales.
Además, la Corte recibió este jueves un amicus curiae en contra de la LSI presentado por el excandidato presidencial Cuauhtémoc Cárdenas a nombre de la organización Por México Hoy.
El exjefe de Gobierno se hizo acompañar del senador Alejandro Encinas y Clara Jusidam, presidente fundadora de Incide, organización civil para la prevención social de la violencia.
Cárdenas declaró que de entrar en vigor como fue promulgada, la LSI afectaría derechos fundamentales de los ciudadanos, “y sería poniéndonos en riesgo de que las Fuerzas Armadas, sin ningún mandato de la autoridad civil, tomaran decisiones que podrían afectar la vida cotidiana y los derechos de la gente. Se estaría dejando a las Fuerzas Armadas como cabeza de decisiones… para responsabilizarse de acciones en materia de seguridad”.
Consideró que con la ley promulgada en diciembre pasado “estaríamos también en riesgo de que manifestaciones pudieran ser consideradas por la autoridad militar como actividades que traerían riesgos a la seguridad nacional, y esto estaría contrariando el derecho de los ciudadanos y las organizaciones”.
Encargado de instruir las quejas contra la ley promulgada por el presidente Enrique Peña Nieto en diciembre pasado, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo ha admitido a trámite las controversias constitucionales presentadas por los municipios de Cholula, Puebla, y el de Parral de Hidalgo, en Coahuila.
También ha dado el paso a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por una minoría calificada de diputados y senadores –de una tercera parte del Congreso–, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Pero ha rechazado las demandas de inconstitucionalidad de la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro y del Partido Ciudadano, así como las controversias constitucionales de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México y de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca.
Las impugnaciones tienen que ver con el aval que le dio el Legislativo a la participación de los militares en labores de seguridad interior, con amplias atribuciones, como la de realizar en cualquier parte del país acciones que el gobierno federal o las Fuerzas armadas consideren de seguridad interior.
Además, establecieron que la información de esas actividades debe ser clasificada hasta por 20 años, al considerarla como un asunto de seguridad nacional.