Perú: Fujimori indultado. Dudas y beneficios para el exdictador – Por Francisco P. García

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Los conceptos vertidos en esta sección no reflejan necesariamente la línea editorial de Nodal. Consideramos importante que se conozcan porque contribuyen a tener una visión integral de la región.¿Cuál es la situación real de Alberto Fujimori luego del indulto otorgado por el presidente Pedro Pablo Kuczynski? ¿Le corresponde, como se ha afirmado, su pensión vitalicia como exmandatario? ¿Queda libre de todas sus culpas y los juicios pendientes simplemente se anulan? ¿Puede Fujimori postular a un cargo de elección popular? Otra Mirada conversó con diversos abogados respecto al tema quienes presentaron sus opiniones al respecto tras la polémica decisión del mandatario en favor del ex dictador.

Como se recuerda el 24 de diciembre, se hizo pública la decisión presidencial de otorgar el indulto humanitario y derecho de gracia a Alberto Fujimori, quien cumplía la condena que se le impuso en el año 2009 por delitos de homicidio, secuestro agravado y lesiones graves, además de los casos de corrupción por los cuales fue sentenciado. Su pena máxima era de 25 años por las matanzas de La Cantuta, Barrios Altos y el secuestro agravado del periodista Gustavo Gorriti y el empresario Samuel Dyer.

A partir de la polémica decisión de Kuczynski se empezaron a tejer diversas versiones sobre cuál iba a ser la situación actual del ahora ex reo Fujimori. Para entender la situación legal de Fujimori, hay que revisar primero los significados de los beneficios otorgados desde Palacio de Gobierno.

Indulto humanitario y derecho de gracia

La decisión presidencial, publicada en el diario oficial El Peruano, el 24 de diciembre de 2017 establece que a Alberto Fujimori se le concedió el indulto humanitario por razones de salud, además del derecho de gracia presidencial.

El indulto humanitario, como ya se sabe, es la gracia otorgada por el mandatario, tras conocer las recomendaciones de una junta médica y del informe de la Comisión de Gracias Presidenciales, dependiente del ministerio de Justicia. El indulto, a diferencia de la amnistía, solo elimina la sentencia de prisión, es decir, otorga la libertad al reo pero no lo exonera de la responsabilidad de los delitos por los cuales fue sentenciado. Entonces, hasta el momento Fujimori sigue siendo responsable de los delitos de homicidio, secuestro agravado, peculado, corrupción de funcionarios y usurpación de funciones.

Para el director del Instituto de Defensa Legal, Carlos Rivera, el indulto “No borra ninguna sentencia y tampoco debe hacer recuperar ningún derecho a la persona condenada”.

Pero el derecho de gracia, es el que ha generado mayor polémica, toda vez que Fujimori aún tenía pendiente el inicio de un juicio por el crimen de Pativilca, caso donde 6 personas fueron secuestradas y asesinadas por el grupo Colina, acusadas de ser terroristas.

El derecho de gracia está dirigido a los presos, cuyos procesos judiciales se encuentre en etapa de instrucción, es decir, previa al juicio oral, lo cual significa un exceso de carcelería. (Más detalles sobre indulto y derecho de gracia se puede ver en este documento del año 2008 publicado en la web del Congreso, a propósito del caso de Alfredo Jalilie)

Sin embargo, en el caso de Alberto Fujimori, el caso no ha sido abierto. La abogada Cruz Silva, del consorcio Justicia Viva, recuerda que el derecho de gracia “se refiere a procesos abiertos, es decir no hay sentencia. La gracia borra esos procesos, ya no se le pueden procesar más ni menos sentenciar por esos casos (…) La gracia se da en procesos que por lo menos llevan dos años, según el artículo 118 de la constitución.”

Al respecto el colegiado B de la Sala Penal Nacional, responsable del caso “Pativilca” está por tomar una decisión sobre este proceso judicial. A finales de este mes, el juzgado que preside la jueza Miluska Cano, debe tomar decisión sobre dos aspectos: La aplicación del derecho de gracia y así sustraerlo del proceso judicial, o tomar en cuenta la recomendación de la fiscalía que está solicitando 25 años de cárcel por el caso y procesarlo en prisión, razón por la cual Fujimori, debería retornar a la Diroes.

En declaraciones al diario El Comercio, el exprocurador César Azabache considera que la contabilidad del proceso debe tomarse en cuenta desde la decisión tomada en Chile el año pasado, cuando se decidió ampliar el cuadernillo de extradición para considerar este caso. Pero, para el ex abogado de Fujimori, William Paco Castillo, el proceso se debe contabilizar desde el año 2012, cuando se empezó el proceso de ampliación del cuadernillo, con lo cual -asegura- la gracia presidencial alcanza al exdictador.

¿Puede Alberto Fujimori cobrar su pensión vitalicia y postular a un cargo de elección popular?

Según la ley 26519 de 1995, los presidentes de la República, son beneficiarios del pago de una pensión vitalicia, equivalente al total de los ingresos de un congresista en actividad, esto es -actualmente- unos 15 mil soles aproximadamente.

Pero, en dicha ley también existe una limitación. El artículo segundo establece que: “El derecho referido en esta ley queda en suspenso para el caso de ex Presidentes de la República respecto de los cuales el Congreso haya formulado acusación constitucional, salvo que la sentencia judicial los declare inocentes”.

Para el abogado José Alejandro Godoy, esta excepción calza perfectamente en el caso de Fujimori. “Hay que recordar que Fujimori fue acusado constitucionalmente en el año 2001 por su responsabilidad en los crímenes de La Cantuta y Barrios Altos”, recuerda. Además afirma que “en el juicio por estos casos fue hallado culpable y el indulto presidencial, no borra las sentencias ejecutadas”.

Es decir, las dos posibilidades para recuperar sus beneficios económicos no proceden. Y si el pago procediera, gracias a alguna argucia o “interpretación auténtica” del fujimorismo congresal, queda pendiente que ese dinero pase al pago de las reparaciones civiles de Alberto Fujimori, que no son exoneradas ni por el indulto ni el derecho de gracia.

En ese ítem, Fujimori tiene una deuda de más de 28 millones de soles por las cauciones impuestas entre los años 2001 y 2012, por tres casos (Allanamiento de la vivienda a la exesposa de Montesinos, el irregular pago de CTS al exasesor, y la compra de un canal de televisión con dinero del Estado). Con los intereses la suma asciende, según la procuraduría anticorrupción a 51 millones 600 mil soles, razón por la cual de existir ingresos favorables a Fujimori estos deberían ser congelados y retenidos para el pago de la deuda.

¿Puede postular a un cargo público? En teoría, según la abogada Cruz Silva, sí puede pero “se supone que está enfermo y que su estado es delicado”, que fue la razón principal por la cual fue indultado. Entonces, dependerá de cuál es el grado de verdad en su enfermedad y la intención de burlarse de la sociedad la que nos hará ver o no al patriarca de los Fujimori retornando a la escena política o si seguirá en las sombras promoviendo la famosa “reconciliación” que incluso está en el nombre del año 2018 y que mantiene lejos a las víctimas de la dictadura.

En el caso de una posible postulación de Alberto Fujimori a un cargo de elección popular, quedaría en suspenso debido a la aprobación en la víspera de la ley 30717, que impide postular a la presidencia o vicepresidencia de la República, al Congreso, y los gobiernos regionales o municipales a personas condenadas por -entre otros- delitos de corrupción, lo cual aplica a todas luces a Alberto Fujimori, pues la norma hace la adición de que aplica a pesar que “hubieran sido rehabilitadas”.

Otra Mirada

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