Ecuador – Breve relato de una revolución traicionada: Ocho meses de gobierno de Lenín Moreno – Por Virgilio Hernández E

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Los conceptos vertidos en esta sección no reflejan necesariamente la línea editorial de Nodal. Consideramos importante que se conozcan porque contribuyen a tener una visión integral de la región.

Hace menos de un año en Ecuador se libraba una de las batallas electorales más significativas de la región, de hecho algunos de los analistas del “establishment” pronosticaban la derrota de la Revolución Ciudadana y con ello un golpe definitivo al ciclo progresista que había vivido América Latina en los últimos años.

La campaña electoral, sin duda, fue las más dura que tuvo que enfrentar el Movimiento Alianza PAIS en una década en la que logró catorce triunfos; la contienda se resolvió en segunda vuelta electoral realizada el 2 de abril de 2017. La diferencia del candidato Lenín Moreno con el del Movimiento Creando Oportunidades (CREO), principal accionista del Banco de Guayaquil y al que apoyaron las grandes empresas de la comunicación, sectores que se autodefinen de izquierda como Pachakutik y Unidad Popular hasta el conjunto de las fuerzas del centro y la derecha, fue de apenas tres puntos, que significaba una diferencia menor a doscientos mil votos.

El triunfo fue posible por el inmenso acumulado social que había logrado la Revolución Ciudadana y la promesa de continuar el proceso iniciado con Rafael Correa, obviamente superando los límites e incluso corrigiendo errores que se presentaron en una década de gobierno.

Una estrategia de diferenciación programática:

“Dejar atrás las ideologías…”

Las distancias, sin embargo, empezaron a marcarse desde el mismo día de la posesión del actual Presidente Lenín Moreno, en cuyo discurso reconoció que “concluye una década que deja al país con realidades y objetivos más claros; diez años de educación y salud”[1] aunque también enfatizó en el “cambio de estilo”; la necesidad del diálogo, sin establecer objetivos ni compromisos y sobre todo una ruptura con la defensa de posiciones ideológicas. “Alguien decía que ya es hora de dejar atrás las ideologías. Es posible que sí. Vamos a cambiar el orden: ahora vamos a construir en la práctica la ideología; que no sea la ideología la que nos marque. Nosotros construiremos en la práctica social la ideología que vendrá hacia el futuro. ¿Que cuál es mi ideología?
El Ecuador, a la ecuatoriana. El Ecuador”[2]. Con estas palabras, buscaba alejarse de una década de disputa ideológicas y emanciparse de la sombra de su antecesor, que claramente se había ubicado en la orilla de los socialismos del siglo XXI y entre los gobiernos progresistas de la región.

En las semanas siguientes las diferencias se ahondaron, el nuevo gobierno, asumió la estrategia del Diálogo, los cuestionamientos al manejo económico y de la deuda; así como la lucha contra la corrupción como factores diferenciadores hasta la ruptura que se concretó con el envío de la llamada ley de reactivación económica, la disputa y posterior usurpación del movimiento Alianza PAIS, fundado por Rafael Correa, y la convocatoria a una consulta popular que busca concentrar cuatro de las cinco funciones del Estado, con el objetivo político de “enterrar al correísmo”

Un diálogo sin horizonte estratégico

La propuesta de “Diálogo Nacional” convocó a distintas fuerzas políticas, de los sectores productivos, medios de comunicación social y actores sociales con el propósito de legitimar el resultado electoral y ampliar la base de sustentación del gobierno, al mismo tiempo, de forma paradójica, maltrataba a la militancia del Movimiento Alianza, cuestionaba y descalificaba la gestión del expresidente, al que había llamado “leyenda”e incluso dijo en una reunión con los representantes de la banca, ante la confesión de Antonio Acosta, presidente del Banco del Pichincha, que no había votado por él, respondió: “a los que les estoy agarrando un poco de odio, más bien, es a los que votaron por mi”. Finalmente, ha sido la cobertura del Diálogo la que ha cobijado decisiones como la Ley de Reactivación Económica y los temas del Referéndum y Consulta Popular. Un diálogo que puede hasta lograr apoyos pero que no ilusiona, carente de sentido y horizonte estratégico, por eso no tiene respuestas frente a temas cruciales como la privatización de la seguridad social, el desarrollo del plan económico, la relación con Estados Unidos o con los países que conforman la Alianza del Pacífico.

Las diferencias en el manejo económico

El 28 de julio el Presidente Lenín Moreno presentó al país lo que denominó un primer diagnóstico de la economía y las cifras del presupuesto del año 2017. En este balance, se marcan diferencias de fondo, entre las que se pueden señalar, la aceptación de crisis económica, sin las consideraciones del impacto externo que había sufrido la economía ecuatoriana particularmente frágil debido a la dolarización, la baja de los precios del petróleo, revalorización del dólar y las permanentes devaluaciones de los países vecinos que restabancompetitividad a la producción ecuatoriana, tampoco se contemplan factores internos como las acciones preventivas ante la posible erupción del Volcán Cotopaxi y sobre todo el terremoto del 16 de abril de 2016, el más fuerte en 76 años, que significó más de 600 muertos y pérdidas materiales superiores a los tres mil millones de dólares, esto es más del 3% del PIB.

Otro aspecto central, en la estrategia de diferenciación, fue la relacionada con el manejo de la deuda, el Presidente en este mensaje reiteró lo que ya había señalado en varias ocasiones: “Las decisiones que se tomaron no fueron debidamente mesuradas, se puso al límite la sostenibilidad de la economía”, confundiendo conceptos, como los de deuda consolidada y agregada, aceptados por organismos internacionales, como el propio Fondo Monetario Internacional; sumando compromisos y obligaciones de pago e incluso incluyendo los “pagos contingentes”, entre los que se encuentran procesos litigiosos del Estado ecuatoriano, el primer mandatario dio una vez más la razón a los sectores de la derecha política, respecto de que el nivel de endeudamiento superaba el 50% del PIB y de que el crecimiento económico de la década e incluso de los últimos años se basaba en un endeudamiento “irresponsable” que superaba el límite máximo del 40% del PIB fijado en la legislación ecuatoriana; todo ello, a pesar de que a los pocos días el propio Ministro de Finanzas tenía que reconocer en la presentación oficial ante la Asamblea Nacional que la deuda consolidada no llegaba al 30% del PIB y que la economía ecuatoriana empezaba un proceso de recuperación, lo que posteriormente ha sido avalado por entidades como la CEPAL y FMI.

Las diferencias programáticas en el manejo económico se profundizaron con el envío de la ley económica calificada como urgente, denominada Ley Orgánica para la Reactivación Económica del Ecuador, que según la norma constitucional ecuatoriana debe aprobarse en 30 días desde su ingreso a la Asamblea Nacional, de lo contrario entra en vigencia por fuerza de la ley. Esta norma reforma más de veinte leyes interrelacionadas con el objetivo de la reactivación. En este proyecto, si bien se incrementa el impuesto a la renta para las grandes y medianas empresas, se generan pequeños incentivos para las pequeñas y micros y se desarrollan algunas iniciativas para combatir la subfacturación y el contrabando. Lo medular de la propuesta consiste en trasladar el manejo del dinero electrónico del sector público al privado, con lo cual permite que la banca pueda capturar miles de millones de dólares que en este momento pasan por fuera del circuito del sistema financiero y queda el peligro latente que en el futuro el sector bancario genere una especie de emisión inorgánica que conlleve graves problemas en una economía dolarizada. El proyecto fue modificado en la Asamblea Nacional impidiendo esta nueva capitulación, sin embargo, el Ejecutivo, a través del veto, cumplió con dicho propósito, al tiempo que eliminó de la ley la obligación de que se revisen el costo de los servicios financieros que cobran los bancos.

Lucha contra la corrupción: un libreto conocido

La lucha contra la corrupción ha seguido el mismo libreto que se ha utilizado en otras latitudes del continente para perseguir a los líderes de los proyectos democráticos y progresistas, es decir, la instauración de un método de “falsos positivos mediáticos,” a través de los cuales se difunde con espectacularidad y generalmente en actos oficiales, determinadas “denuncias”, estas son amplificadas por los medios de comunicación públicos y privados, sin importarles ni a los “denunciantes” ni a quienes se hacen eco la veracidad de sus afirmaciones.

Sin duda, la corrupción tiene que ser combatida de manera decidida y frontal porque deteriora la democracia y erosiona cualquier proyecto de sociedad, quién comete actos de corrupción se coloca por encima del resto de ciudadanos y de la ley, vulnerando el principio de igualdad que es lo que caracteriza el Estado Constitucional; más aún si se trata de un proyecto revolucionario lo aniquila, porque como dice Álvaro García Linera, pulveriza su fuerza y autoridad moral.

La sociedad debe ser implacable en la lucha contra la corrupción, determinar responsabilidades y sancionar a los culpables, garantizar que se haga justicia y la sociedad sea reparada; por ello, precisamente es necesario que el Estado garantice el apego al debido proceso y se respete el principio de presunción de inocencia que está garantizado en la Constitución de la República para todos los ecuatorianos; de lo contrario esta lucha puede ser confundida y utilizada para venganzas y objetivos políticos, que finalmente lo único que logran es que una gran mayoría de la sociedad pierda la confianza en la política como arena para la construcción del Buen Vivir.

Hemos visto, sin embargo, que el propio Presidente de la República y las más altas autoridades realizan afirmaciones, provocan el escarnio público y solo al final señalan que se debe investigar. Ante la imposibilidad de desconocer la inmensa obra de la Revolución Ciudadana, la estrategia es descalificarla y generar una sombra de duda sobre todo lo que se realizó en la década pasada; de esa manera, buscan cuestionar lo que no pueden ocultar: las grandes transformaciones que Ecuador experimentó en los diez años de gobierno del expresidente Rafael Correa.

Ruptura programática y ruptura en Alianza PAIS

He colocado estos temas de carácter programático para intentar superar un análisis centrado en las diferencias personales, de “estilo de gobierno” o como un problema entre líderes de Alianza PAIS, la organización más grande que ha tenido el Ecuador y que cambió las condiciones de vida de la mayoría de ecuatorianos; que al ser incapaz de procesar los conflictos internos surgidos terminó estallando y con la cooptación y control, que ejerce el Presidente de la República a través de la propuesta de Consulta Popular, de los órganos de la función electoral, tanto del Consejo Nacional Electoral como del Tribunal Contencioso Electoral, permitieron se reconozcan las actuaciones del sector afín al gobierno, obligando a la desafiliación del expresidente Rafael Correa y centenares de dirigentes a nivel nacional, que ahora pugnan para que dichas autoridades electorales permitan la conformación de una nueva fuerza política que rescate la propuesta de la Revolución Ciudadana y de los programas de cambio y transformación hacia el socialismo del Buen Vivir.

Sin duda, en este vertiginoso proceso que se ha desarrollado en apenas ocho meses, la propuesta de Referéndum y Consulta Popular convocada por el Ejecutivo marca el final de un proyecto unitario y deja al Gobierno de Lenín Moreno a la deriva de lo que suceda una vez transcurrido dicho proceso electoral, en el que tendrá que responder, por un lado a la base social, que aún espera el cumplimiento de las promesas de campaña iniciales, reforzadas en esta nueva contienda y por otro la presión de los grupos de poder y sus nuevos aliados de la derecha que exigen y apoyan el plebiscito, a cambio de una redefinición en el manejo económico y un programa de ajuste de corte neoliberal.

Referéndum y Consulta Popular: una síntesis de diferentes opciones programáticas

El 2 de octubre de 2017, el Presidente Lenín Moreno presentó ante la Corte Constitucional una propuesta de Referéndum, que contiene cinco preguntas de reforma constitucional y dos de Consulta Popular, que implican cambios en la norma constitucional, para que dicho organismo dictamine la constitucionalidad de las mismas, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 104 de la Constitución del 2008.

Entre las preguntas que requieren modificación constitucional están: La sanción a toda persona condenada por actos de corrupción con su inhabilitación para participar en la vida política del país; la eliminación de la reelección que fuera aprobada por la Asamblea Nacional en diciembre del 2015; la reestructuración del Consejo de Participación Ciudadana, dando por terminados los periodos de sus actuales consejeros y la nominación de siete nuevos, originados todos en ternas propuestas por el Presidente de la República y con poderes extraordinarios para “evaluar el desempeño” e incluso destituir a las autoridades de las funciones de Transparencia y Control Social; Electoral; Judicial y de manera más precisa a los integrantes del Consejo de la Judicatura e incluso a los propios magistrados de la Corte Constitucional. También se incluye una pregunta para que no prescriban los delitos cometidos contra niños, niñas y adolescentes y por último la prohibición para la explotación de minería metálica, en áreas protegidas, zonas intangibles y centros urbanos. Cada una de estas preguntas viene acompañada de un anexo en el que se establecen la forma como se operarían los cambios, en caso de ser aprobadas en el referéndum.

La propuesta de consulta contiene dos aspectos: el primero, en una nueva cesión a los grupos de poder fáctico y empresarial, se pregunta acerca de la derogatoria de la Ley de Plusvalía para evitar la especulación del suelo urbano, que había sido iniciativa del expresidente Correa y aprobada por la Asamblea Nacional apenas en diciembre del año 2016. El segundo,está relacionado con la ampliación de la zona intangible en la amazonía en cincuenta mil hectáreas y la reduccióndel área de explotación petrolera en el Parque Nacional Yasuní, uno de los más biodiversos en el mundo, de 1030 a 330 hectáreas.

De manera general, podríamos clasificar el cuestionario en tres bloques: El primero, con las preguntas uno y cuatro, que están contenidas en la propuesta plebiscitaria para inducir una respuesta favorable, a pesar de los problemas técnico–jurídicos que se pudiesen presentar y de alentar el populismo penal. Un segundo grupo son los interrogantes que no se entiende su inclusión, puesto que podían ser implementadas a través de políticas públicas y simples decretos, me refiero a la pregunta cinco del referéndum y la dos de la consulta popular; tanto lo relacionado con explotación de minería metálica como lo del Yasuní, ya existe el marco legal correspondiente, de tal forma, que el gobierno ha perdido todos estos meses en la materialización de los propósitos que persigue a través del referéndum y la consulta popular. El tercer bloque de preguntas están diseñadas para “desmontar el correísmo”, impedir cualquier intento de postulación futura del expresidente Correa y establecer un gesto de complacencia con las Cámaras de la Producción que siempre demandaron como condición de cualquier acercamiento la derogatoria de la ley contra la especulación del suelo urbano, conocida como ley de plusvalía.

Quizá merece una explicación aparte la pregunta 3 del Referéndum relacionada con el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, puesto que según nuestro ordenamiento constitucional es el encargado de la nominación de las autoridades de tres de las cinco funciones del Estado. Con el Referéndum se pretende que todos sus integrantes provengan del Ejecutivo y tenga poderes no contemplados en la Constitución, como la “capacidad de realizar evaluaciones de desempeño” e incluso destituir a las autoridades de otras funciones, con lo cual se afecta al conjunto de la institucionalidad del Estado de Derecho y a los principios básicos del régimen republicano; razón por la que, incluso organismos internacionales han requerido información al Ecuador respecto de la omisión del dictamen de constitucionalidad y las repercusiones de la propuesta de plebiscito[3].

Esta pretensión contradice lo dispuesto en el Art. 120, numeral 9 de la Constitución de la República, que señala que le corresponde a la Asamblea Nacional fiscalizar los actos de las otras funciones del Estado; además de la autonomía consagrada para las diferentes funciones e instituciones por la propia Constitución. La Corte Constitucional por ser el organismo de cierre del control constitucional no puede ser objeto de fiscalización, según el mandato del artículo 431 de la Contitución y menos por parte de un Consejo Provisional.

En las preguntas relacionadas con el Referéndum, la Corte Constitucional debía vigilar que de manera estricta se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 441 de la Constitución de la República, esto es: a) No alterar la estructura de la Constitución; b) No modificar el carácter y elementos constitutivos del Estado; c) No restringir derechos ni garantías; y, d) No modificar el procedimiento de reforma de la Constitución. El objeto del control previo de constitucionalidad es garantizar que el contenido del cuestionario se ajuste al marco constitucional y de no ser así, la Corte Constitucional tiene la potestad para rechazar la propuesta o modificarla, como ya lo ha realizado en múltiples ocasiones, en asuntos que han sido sometidos a su consideración.

Con este análisis la Corte Constitucional tenía que verificar, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 75 numeral 1 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC) sobre la constitucionalidad de las preguntas y la vía de las modificaciones, es decir, establecer las posibilidades y límites de la enmienda constitucional mediante el Referéndum; así como, que las propuestas que se someten a consulta popular no vulneren lo previsto en la Constitución de la República.

De acuerdo a la LOGJCC la Corte Constitucional disponía de veinte días término para emitir su dictamen, sin embargo la ley no señala dos aspectos que son medulares: ¿Desde cuándo se cuentan los días y por ende cuándo inicia el control abierto de constitucionalidad? y ¿Qué pasa con el transcurso del tiempo mientras se desarrollan los procesos de participación ciudadana?, estas cuestiones son eminentemente reglamentarias, por eso constan en una normativa de sustanciación de procesos expedida por la Corte Constitucional en el año 2011 a través del que se han dictaminado más de mil doscientos causas que ha resuelto la Corte desde esa fecha.

Por estas razones, resulta arbitrario que el Presidente de la República, argumentando el vencimiento de los plazos, haya decidido enviar el 29 de noviembre, los decretos 229 y 230 de forma directa al Consejo Nacional Electoral,que fue reorganizado, para convocar a Referéndum y Consulta Popular, saltando el control previo de constitucionalidad. Coincidentemente el día de emisión de los decretosse realizaba la audiencia de AmicusCuriaeen la Corte relacionada a los temas de Consulta Popular con presencia de los delegados de la función ejecutiva, sin que ellos hayan alegado ni en esa fecha, ni en la anterior audiencia efectuada el 15 de noviembre, sobre las preguntas del referéndum, el vencimiento de los plazos legales, tal como se comprueba del audio de la sesión de la Corte Constitucional del 28 de noviembre, en la que su propio Presidente afirma que dicho organismo se encuentra dentro de los plazos legales y que “no hay ninguna posibilidad ni jurídica ni política, que la consulta se apruebe sin el dictamen de la Corte”[4]. Sin embargo, en acuerdo con el Ejecutivo, la Corte permitió que el Consejo Nacional Electoral convoque sin dictamen de constitucionalidada elecciones y, posteriormente, suspendió la reunión prevista para el 5 de diciembre de 2017 para decidir en el Pleno sobre el asunto, además de que ha impedido de forma sistemática que se sortee la demanda de inconstitucionalidadplanteada por los legisladores que hoy constituyen la Bancada de la Revolución Ciudadana.

Todas estas acciones que vulneran el Estado de Derecho y el orden constitucional del Ecuador han sido denunciadas ante organismos internacionales debido a que en el país se agotaron los recursos internos sin que se hayan podido impedir las flagrantes violaciones a la Constitución de la República. Una de ellas presentada por el propio Rafael Correa y su excanciller Ricardo Patiño denuncia ante el Secretario General de la OEA, Luis Almagro, la alteración grave del orden constitucional y solicita la aplicación de la Carta Democrática Interamericana, sin perjuicio de otras acciones iniciadas ante la CIDH por los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, ciudadanos y diferentes colectivos, que solicitan a su vez la intervención de la Corte IDH mediante la aplicación de medidas provisionales. En estas instancias se espera aun resolución.

Finalmente, la campaña ha seguido la tónica de los meses anteriores, la conjunción de las más diversas fuerzas pugnando por el SI, incluyendo la absoluta parcialización e incluso censura, que ha sido oportunamente denunciada, ante el Consejo Nacional Electoral hacia las fuerzas de la Revolución Ciudadana que han centrado su accionar en el reencuentro con el país profundo, las denuncias de la inconstitucionalidad del Referéndum y Consulta, la campaña del NO en las preguntas 2;3 y 6 pero sobre todo en revitalizarse con un acercamiento al pueblo que sabe que la transformación y el cambio no son historia sino semilla profunda para seguir construyendo justicia social y democracia.

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[1] Discurso de posesión del Presidente Lenín Moreno ante la Asamblea Nacional del Ecuador, Quito, 24 de mayo de 2017..www.presidencia.gob.ec/…/2017.05.24-DISCURSO-POSESIÓN-ANTE-LA-ASAMB… Consultado el 20 de enero de 2018, 16:20 horas.

[2] Discurso de posesión del Presidente Lenín Moreno, referencia citada

[3] Comunicación dirigida al Gobierno Ecuatoriano por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, el 18 de enero de 2018, mediante la cual le hace pedido de información frente a una denuncia presentada por tres consejeros de Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y le concede cinco días para que el Estado responda

[4] Audio de la sesión de la Corte Constitucional del 28 de noviembre de 2017. La afirmación del Presidente de la Corte, Doctor Alfredo Ruiz consta en 1:02´50´´. Archivo audio para descarga (116Mb): https://goo.gl/wAWWgr, obtenido el 24 de enero de 2018, a las 13:03 horas

(*) Miembro del buró político y Coordinador del equipo jurídico del Partido de la Revolución Ciudadana en formación.Ex Asambleísta Constituyente y Ex Asambleísta Nacional 2009–2013; 2013–2017 por el Movimiento Alianza PAIS. Doctor en Jurisprudencia y Master en Ciencias Políticas, docente universitario. Miembro de la Coordinación del Partido de la Revolución Ciudadana en formación.

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