Colombia: uribismo rechaza blindaje de los acuerdos de paz y anuncia que buscará referendo derogatorio

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Mientras que la Corte Constitucional explicó los alcances de su decisión, que impide que sean modificados en tres gobiernos, la oposición promete acciones.

Al considerar que la paz es parte de la Constitución y que debe tener algún tipo de estabilidad, el alto tribunal aclara que el acuerdo es la base para que el Congreso implemente lo acordado.

«El acuerdo no tiene en sí mismo valor normativo sino que requiere incorporación a la Constitución como se ha venido haciendo a través de reformas constitucionales, leyes con fuerza de ley o leyes aprobadas por el Congreso», señaló Luis Guillermo Guerrero, presidente de la Corte.

El tribunal determinó unos requisitos que el Congreso debe cumplir para ajustarse a los acuerdos.

“Hace referencia a la conexidad que deben guardar las normas y leyes de implementación con el Acuerdo Final, así́ como a su concordancia con las finalidades del mismo. Segundo, la expresión obligación del segundo inciso del artículo primero se refiere a una obligación de medio, esto es de llevar a cabo los mejores esfuerzos para cumplir con lo establecido en el Acuerdo Final, entendido como política de Estado”, añadió Guerrero.

El Gobierno aseguró que el fallo es legítimo.

Por su parte Timoleón Jiménez de la FARC expresó en su cuenta de Twitter: “en medio del atraso en la implementación e intenciones de modificar lo acordado, blindaje al acuerdo final es un espaldarazo a la paz».

Frente a este fallo no procede ningún recurso por ser un fallo de constitucionalidad.

Uribismo rechaza fallo

Para el Centro Democrático, la Corte Constitucional está violando el principio democrático al cerrar la puerta a los próximos tres gobiernos para poder tocar los acuerdos.

“Nosotros ya estábamos preparados para esto y por eso tenemos inscrito un comité para promover la recolección de firmas y llevar a los colombianos a un referendo derogatorio. Que sean los colombianos los que decidan si quieren que esos acuerdos están en la constitución tengan ese blindaje jurídico”, expresó la senadora Paloma Valencia.

“El único camino que nos queda es una asamblea nacional constituyente, Colombia no es Venezuela”, dijo por su lado el precandidato presidencial Alejandro Ordoñez.
El gobierno sostiene que el acuerdo no puede ser modificado sustancialmente.

“Es decir lo que hay es que continuar con el desarrollo a los mismos, así que los que estaban pensando en recoger firmas creo que es mejor que les den otros destinos”, aseguró el ministro del Interior, Guillermo Rivera.

Para la senadora Viviane Morales, el constituyente primario, que es el pueblo, sí puede modificar los acuerdos.

Expertos constitucionalistas opinan lo mismo.

“El constituyente primario sigue siendo legitimo para modificar el contenido de la Constitución y recordemos que los mecanismos de participación son una asamblea nacional constituyente y un referéndum, mecanismos para alterar o modificar el contenido de la Constitución”, dice Luisa Fernanda García, experta en derecho constitucional de la Universidad del Rosario.

Para Morales es positivo que la Corte esté diciendo que el texto de La Habana no es parte de la Constitución, sino lo que apruebe el Congreso de la República.

Caracol


Las claves del fallo que mantuvo el blindaje de los acuerdos de paz

Este miércoles, en una decisión clave para el futuro de los acuerdos de paz, la Corte Constitucional decidió mantener el blindaje jurídico que el Congreso le dio al proceso de paz, cuando tramitó el Acto Legislativo 02 del 2017.

La decisión tiene varios puntos claves que permitirán mantener la estabilidad de lo pactado con la guerrilla en los próximos años.

1. Unanimidad

Uno de los puntos más significativos del fallo es que se tomó por unanimidad. Aunque hace dos meses -cuando la Corte comenzó a estudiar el tema-, una decisión de ese tipo era impensable, el alto tribunal logró este miércoles un consenso en el que se reunieron los 9 votos de todos los magistrados del alto tribunal a favor de mantener el blindaje.

Inicialmente la ponencia del magistrado Luis Guillermo Guerrero buscaba tumbar partes importantes del blindaje jurídico para el proceso de paz, en especial los que obligaban a las instituciones del Gobierno a respetar lo acordado, considerando que se podía estar vulnerando la separación de poderes.

A favor de esto estaban, entonces, los magistrados Luis Guillermo Guerrero, Gloria Ortiz y Carlos Bernal. Pero en el cruce de argumentos, lograron ponerse de acuerdo en la necesidad que tiene el acuerdo de paz de que en los próximos gobiernos no pueda ser modificado.

Un primer efecto de esa unanimidad es simbólico, pues evidencia que los magistrados decidieron mostrar unión en un tema tan importante como es la estabilidad del acuerdo de paz.Aunque la decisión declaró la exequibilidad del blindaje jurídico, lo hizo con varias precisiones que reúnen las diferentes opiniones de los magistrados.

2. Estabilidad por tres gobiernos

La Corte mantuvo el artículo dos del Acto Legislativo 02 del 2017. Esto implica que los próximos tres gobiernos y presidentes (en los siguientes 12 años), sin importar el partido político al que pertenezcan, deberán respetar lo pactado con las Farc.

En su decisión, la Corte asegura que ese artículo es importante porque incorpora «un principio de estabilidad y seguridad respecto de lo acordado hasta la finalización de los tres periodos presidenciales posteriores a la firma del acuerdo final”.

Para los magistrados, ese principio «es deferente con las finalidades del Acuerdo y hace posible su implementación con respeto de las competencias de las autoridades y órganos del Estado, a nivel nacional y territorial».

3. Debe cumplirse pero no hace parte de la Constitución

En su decisión la Corte dejó claro que el acuerdo de paz no puede hacer parte de la Constitución o del bloque de constitucionalidad, lo que deja por fuera críticas de sectores políticos que iban en ese sentido.

La Corte es clara en señalar que el Acuerdo Final con las Farc no se incorpora al ordenamiento jurídico colombiano, y que su blindaje «garantiza unas precisas condiciones sustantivas y temporales de estabilidad jurídica del mismo». Así las cosas, asegura que el blindaje jurídico no sustituye ni reforma la Constitución.

El alto tribunal establece en esta decisión que aunque no hace parte de la Constitución, lo pactado con las Farc debe respetarse y debe ser un referente para futuras instituciones y gobiernos entendiéndolo como una política de Estado.

En este caso la Corte tuvo en cuenta que lo pactado obliga a las partes a cumplir el acuerdo, tomando como base el principio ‘pacta sunt servanda’, pues quienes suscriben un acuerdo deben cumplir con la palabra empeñada.

Así, se establece que al ser una política de Estado se convierte en un referente para que las instituciones del Gobierno desarrollen las políticas y las leyes que deben darle vida.

4. Entidades deben cumplir pero tienen maniobra

La Corte Constitucional determinó que la obligación para las instituciones del Estado de cumplir los acuerdos de paz, se refiere a una «obligación de medio, esto es, de llevar a cabo los mejores esfuerzos para cumplir con lo establecido en el Acuerdo Final, entendido como política de Estado, cuyo cumplimiento se rige por la condicionalidad y la integralidad de los compromisos plasmados en el mismo».

Esto implica que la implementación del acuerdo, según el Acto Legislativo 02 del 2017, y la apreciación que hizo la Corte, debe guardar coherencia con el Acuerdo Final, pero los diferentes entes del Gobierno conservan un «margen de apreciación para elegir los medios más apropiados para ello, en el marco de lo convenido».

Esto implica que, si bien las entidades estatales futuras deben cumplir los acuerdos, tienen cierto margen para establecer el método en el que se llevarán a cabo esas políticas de paz, sobre todo en los casos en los que el acuerdo final haya dejado vacíos, como en la reforma rural.

5. La paz es un derecho esencial

La Corte determinó que en este caso el blindaje jurídico que el Congreso le dio al acuerdo parte de la consideración de que la paz es un elemento esencial de la Constitución del 91. «Es un objetivo de primer orden dentro del modelo de organización política adoptado por la Constitución”, aseguraron los magistrados en el fallo.

Aunque la Corte estableció que el Acuerdo Final con las Farc «no es la única forma de concretar el valor y el derecho a la paz, sí constituye un instrumento en esa dirección». Además, tuvo en cuenta conceptos que llegaron al alto tribunal como los de organizaciones sociales y jurídicas que manifestaban que no darle una seguridad jurídica al acuerdo podía llevar a que fracasara.

«Una forma de contrarrestar los riesgos de las etapas primarias de implementación es convertir las aspiraciones políticas de los acuerdos en obligaciones exigibles a las partes, al Estado y a la sociedad en general. En ese contexto, juega un papel importante la certeza del valor jurídico del acuerdo. De ahí la relevancia de que en Colombia resolvamos este asunto justo ahora, cuando estamos iniciando el proceso de implementación del acuerdo de paz, y que una norma como la analizada (AL 2/2017) resulte de tanta importancia para hacer efectiva la transición a partir del respeto a lo pactado», dijo en uno de sus conceptos la organización Dejusticia.

El Tiempo


Con fallo de la Corte, Cumplimiento de acuerdos de paz es mandato imperativo: Procurador

El Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, advirtió que desde ayer el cumplimiento de los acuerdos “es un mandato imperativo para todos los colombianos”, luego de que su blindaje legal fuera avalado por la Corte Constitucional.

Desde Apartadó (Antioquia), donde sostuvo un encuentro con víctimas y ciudadanos, el jefe del Ministerio Público destacó la ‘bendición’ que el alto tribunal le dio al acuerdo de paz.

“Muchos creían que en esa especie de arena movediza o zona gris de la paz, no estaban obligados a cumplir los acuerdos. Esto ya es un mandato donde el máximo tribunal de control constitucional ha dictaminado que son obligatorios. Es muy importante para estas comunidades y en esta comunidad (Apartadó) existe el más importante laboratorio de éxito o fracaso para la paz”.

Carrillo Flórez aseguró que la Procuraduría cuenta con facultades para exigir que se cumplan “no solo las promesas del Estado, sino los acuerdos de Gobierno y guerrilla en el marco de la paz”.

Sobre los desafíos que tiene la implementación de lo pactado en los territorios víctimas de la violencia, aseguró que “la paz no es una licencia o un pasaporte para las organizaciones criminales que emprendan de nuevo sus acciones cambiando de camiseta (…) La paz es para quienes se han sometido a las reglas de juego donde lo que vale es la palabra para cumplirla”.

Lamentó nuevamente lo sucedido en el municipio de Tumaco (Nariño) y lo calificó como “el hecho más grave que se ha podido presentar en el desarrollo de los acuerdos desde su firma en el Teatro Colón”.

Por último, el Procurador General resaltó el acercamiento que se logró entre el Gobierno, la Fiscalía y la propia guerrilla para solucionar grandes inquietudes que se habían planteado frente a la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz, lo que destrabaría su trámite en el Congreso.

HSBNoticias

 

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