La Argentina, frente a la reforma laboral brasileña – La Nación, Argentina

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Los conceptos vertidos en esta sección no reflejan necesariamente la línea editorial de Nodal. Consideramos importante que se conozcan porque contribuyen a tener una visión integral de la región.

El hecho de que el Parlamento brasileño haya aprobado recientemente una revolucionaria reforma de la legislación del trabajo no puede ni debe pasar inadvertido para la dirigencia argentina.

En un contexto internacional cada vez más competitivo, donde los países luchan permanentemente por la captación de inversores externos, el paso dado por Brasil sólo puede interpretarse como el producto de una firme voluntad para sacar el país de la crisis en la que se halla inmerso, cristalizada en una clara señal al mundo.

No hay que engañarse. Es esa misma señal que acaba de dar el Poder Legislativo brasileño la que no pocos potenciales inversores, tanto extranjeros como locales, esperan hoy de las autoridades argentinas. Lo tiene claro el presidente Mauricio Macri, quien más de una vez se ha referido a lo elevado de los costos laborales no salariales, a ciertos privilegios sindicales que no hacen más que encarecer las contrataciones de trabajadores y a intereses mafiosos que vienen actuando sobre la justicia laboral y alimentando una vil industria del juicio. Lo tiene claro el primer mandatario argentino, pero por algunas razones no ha querido o no ha podido instrumentar las soluciones requeridas.

Aun cuando la reforma de las leyes del trabajo brasileñas va quizás mucho más allá de lo que en la Argentina plantean los propios empleadores y quienes esperan que se den ciertas condiciones para llevar a cabo inversiones productivas, el ejemplo de Brasil en esta materia debería cundir entre nosotros.

El nuevo ordenamiento jurídico laboral brasileño parte de la necesidad de aumentar la libertad de contratación. Así, a diferencia de lo que ocurre en la Argentina, se ha determinado que, en adelante, los acuerdos individuales entre un trabajador y su empleador y los acuerdos por empresa prevalezcan sobre los convenios colectivos por actividad.

Del mismo modo, se ha creado la figura del trabajador autónomo exclusivo, una suerte de monotributista que puede prestar servicios para un único empleador, sin estar atado a un vínculo laboral permanente. Algo que tampoco existe en la Argentina.

Se estableció la figura del trabajador «hipersuficiente» para el que reciba una remuneración mensual de más de 11.000 reales (algo más de 60.000 pesos argentinos), quien podrá negociar con su empleador condiciones salariales y laborales. Los empleados podrán pactar libremente con las empresas su jornada laboral, el fraccionamiento de sus vacaciones y otras condiciones de trabajo.

Además, la nueva legislación brasileña regula el teletrabajo y crea el llamado «contrato intermitente», por el cual un trabajador podría permanecer a disposición de su empleador sin brindar una contraprestación laboral y sin garantía de recibir un salario mínimo ni de horas de trabajo. Autoriza también la posibilidad de una jornada laboral de 12 horas con 36 horas de descanso entre dos jornadas de trabajo.

Un aspecto de las flamantes normas laborales de Brasil que apunta a reducir costos es que reformula las condiciones para poner fin a una relación de trabajo. Por un lado, se elimina la obligatoriedad de que los despidos colectivos sean negociados con los sindicatos. Por otro, se reduce en un 30 por ciento el costo de la indemnización por despido. Finalmente, se busca limitar los juicios, al resolverse que los trabajadores cuyo salario sea superior a los 2200 reales (algo más de 12.000 pesos argentinos) tengan que probar que no pueden hacer frente al costo de una demanda para poder iniciarla en forma gratuita. El nuevo modelo se acerca al de los países sajones y se aleja del modelo proteccionista del trabajador de algunos países europeos y la Argentina.

Frente al panorama que nos ofrece esta decisión del poder político brasileño, acompañada por el empresariado aunque resistida por las principales centrales sindicales, es menester que el gobierno nacional y las principales fuerzas de oposición analicen detenidamente no sólo el proceso de reforma laboral en el que se ha embarcado Brasil, sino también las razones que han llevado al vecino país a tomar semejante rumbo.

No se trata de discutir si las nuevas normas laborales brasileñas son mejores o peores. Lo que debe entenderse es que, en un mercado tan integrado e interdependiente, cualquier decisión de nuestros vecinos nos impacta y nos debe invitar a analizarla para repensar nuestro futuro.

En la Argentina, no ha crecido el empleo privado formal en los últimos cinco años y si realmente aspiramos a que nuestra economía crezca con empleo, habrá que agudizar el ingenio y buscar mecanismos para incentivar la contratación de trabajadores.

La llegada del siglo XXI ha empezado a demostrarnos que las economías de los países pueden crecer sin empleo, merced a la inusitada velocidad de los cambios tecnológicos y a la robotización. Frente a esta realidad, no se puede desconocer que la mejor defensa de un trabajador ya no pasa por una legislación laboral inflexible y meramente protectora de las fuentes de trabajo, sino por su permanente capacitación profesional, por su capacidad para adaptarse a los cambios y por normas que estimulen su contratación.

La Nación

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