Perú: aprueban normas para censos de población, vivienda y comunidades indígenas
El Gobierno aprobó las normas que regulan la organización, funciones, atribuciones, obligaciones y sanciones durante la ejecución de los censos nacionales: XII de Población y VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas en el año 2017, según publicó el diario oficial El Peruano.
El Decreto Supremo Nº 062-2017-PCM detalla que las normas para la ejecución de dichos censos constan de 7 títulos, 53 artículos y 5 disposiciones complementarias finales, a los que están sujetos los órganos censales, entidades y personas naturales que intervengan en dicho proceso.
El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI)informará sobre censo para tomar decisiones.
El día del censo, cuya fecha falta definir, habrá inamovilidad de la población en el área urbana de todo el territorio nacional y sus aguas jurisdiccionales, desde las 08:00 hasta las 17:00 horas. El presente Decreto Supremo está refrendado por el presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, y por el presidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala.
INEI constituirá equipos especiales para censar a comunidades indígenas
El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) constituirá equipos especiales de empadronamiento para censar a las comunidades indígenas ubicadas en zonas de difícil acceso durante el Tercer Censo de comunidades indígenas 2017.
Así lo indica el Decreto Supremo Nº 062-2017-PCM, publicado el 2 de junio en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. La norma precisa que estos equipos especiales del INEI contarán para esta tarea con la participación especial de determinados servidores del Sector Público y de los miembros de las Fuerzas Armadas (FFAA) y de Policía Nacional del Perú (PNP).
Agrega que, por excepción, las personas que el “Día del Censo” se encuentren en embarcaciones dentro de las aguas jurisdiccionales o en unidades de locomoción terrestre o acuática en parajes distantes a sus lugares de domicilio deberán empadronarse dentro de los 15 días siguientes, en el primer puerto de arribo, terminal o garita de control, según corresponda.
En el mencionado Decreto Supremo se incluyen también las «Normas para la Ejecución de los Censos Nacionales: XII de Población y VII de Vivienda. La norma regula la organización, funciones, atribuciones, obligaciones y sanciones, a las que se sujetarán los órganos censales, entidades y personas naturales que intervengan en dicho proceso.
Como parte de la estructura del Plan Censal 2017, este comprende la Cédula Censal y las cédulas de las comunidades indígenas (comunidades indígenas de la Amazonía Peruana y comunidades campesinas), el calendario de ejecución de actividades, directivas y demás documentos normativos, técnicos y administrativos que permitan el logro de los objetivos previstos.
Sobre los funcionarios de las oficinas distritales de los censos, los empadronadores de las comunidades indígenas, son responsables de obtener la información de cada una de las comunidades indígenas de la Amazonía Peruana y de las Comunidades Campesinas, en una cédula especialmente diseñada.
Cabe recordar que el “Día del Censo” habrá inamovilidad de la población en el área urbana de todo el territorio nacional y sus aguas jurisdiccionales, desde las 08:00 hasta las 17:00 horas.
El Decreto Supremo Nº 062-2017-PCM lleva la firma del presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, y es refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, Fernando Zavala Lombardi.