México: organizaciones piden al Congreso revisar el Código Familiar por discriminatorio
Se discutirá matrimonio igualitario en Yucatán
Posterior a la negativa del Congreso de Yucatán de cambiar el Código Familiar de la entidad, donde establece que el matrimonio “es la unión voluntaria y jurídica de un hombre y una mujer”, tres organizaciones civiles de la entidad: Indignación, Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, Oasis de San Juan de Dios y Unidad de Atención Sicológica, Sexológica y Educativa para el Crecimiento Personal presentaron una acción por omisión legislativa normativa ante el Tribunal Constitucional del Estado de Yucatán en 2014 señalando que este Código es discriminatorio.
El Tribunal yucateco abordó la problemática durante el primer trimestre de ese año y estableció que “no era procedente la acción porque no había un mandato expreso en la Constitución para normar en materia de matrimonio y concubinato igualitario”, comentó Jorge Fernández Mendiburu, abogado de Indignación A.C. y acompañante del recurso legal.
El abogado señala que los jueces indicaron que “ni a nivel federal ni estatal había un mandato directo para normar este tema”, aunque el ministro ponente había emitido un proyecto favorable a que procediera la omisión y se obligará al Congreso a modificar las definiciones de matrimonio y concubinato.
Según Letra Ese, con estos antecedentes se interpuso un amparo directo ante órganos federales de justicia, el tribunal colegiado de materia civil y administrativa del décimo cuarto circuito, que reiteró la resolución del Tribunal de Yucatán.
Las organizaciones solicitaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación revisar el amparo directo, recibido por la Primera Sala de la misma con el número 5459/2016 y a cargo del ministro Jorge Pardo Rebolledo, quien argumentó que en su proyecto la omisión consiste en que “el legislador no ha cumplido con el principio de no discriminación, con la finalidad de eliminar la prohibición del matrimonio o concubinato entre personas del mismo sexo…”, y debe regresarse al tribunal colegiado correspondiente para la concesión del amparo.
El tema será dirimido en la sesión de la Primera Sala del miércoles 3 de mayo. “Es una buena oportunidad para resolver la obligación que tienen los Congresos estatales de normar contra discriminaciones que ya han sido identificadas por la propia Suprema Corte, como es el caso de la no incorporación del matrimonio y concubinato igualitario en la normativa civil”, declaró Fernández Mendiburu.