Argentina: fuerte repudio de los organismos de DDHH al fallo de la Corte que beneficia a genocidas
“Abre la puerta a la impunidad de los genocidas”
Pocos horas después de que se conociera el fallo de la Corte Suprema de Justicia que habilitó el beneficio del dos por uno para represores de la dictadura, la mayoría de los organismos de lesa humanidad lo repudiaron pública y conjuntamente. Consideraron que la decisión “abre la puerta a la impunidad de los genocidas” y posibilita la reducción de penas a condenados por apropiaciones de bebés. Referentes de Abuelas y Madres de Plaza de Mayo, del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, Familiares, Hijos y la APDH, entre muchos otros organismos, además de abogados de causas por violaciones a los derechos humanos, coincidieron en que el fallo significa una “amnistía encubierta” a los represores, entre reflexiones que transitaron desde la sorpresa hasta la bronca, pasando por la prudencia y la alarma. “La Corte confirma el cambio de paradigma que se dio en el país desde que asumió Mauricio Macri, posibilita que nos crucemos en la calle con los asesinos de nuestros padres y no lo vamos a permitir”, advirtió Carlos Pisoni, de Hijos. Los organismos evalúan convocar a una movilización y el posible pedido de juicio político a los jueces que votaron a favor del fallo.
La pesadilla se desató con los votos positivos de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco, quienes consideraron aplicable la derogada ley del dos por uno a Luis Muiña, condenado por torturas cometidas en el centro clandestino que funcionó en el Hospital Posadas. Según coincidieron los organismos en el documento conjunto que difundieron ayer, el beneficio que la decisión otorga a Muiña “alcanzaría a centenares de represores que estuvieron detenidos con prisión preventiva y ahora pueden obtener drásticas reducciones en sus penas e incluso solicitar la libertad por haber cumplido dos tercios de su condena”. En parte, los argumentos que el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, y el juez Carlos Maqueda utilizaron para votar en disidencia fue citada por los organismos: “La reducción de pena no es aplicable a los crímenes de la dictadura” ya que “no concluyen hasta tanto no se sepa el destino de los desaparecidos y de los nietos y nietas apropiados, por lo que no se pueden aplicar leyes previas y no vigentes”.
Tras la lectura de la postura conjunta, hablaron los y las referentes de las agrupaciones. “Es inaudito”, remarcó la madre de Plaza de Mayo (Línea Fundadora) Taty Almeida y relacionó el fallo de la Corte con el pedido de reconciliación que formuló la cúpula eclesiástica el martes, al cual le respondió con igual repudio: “Jamás nos vamos a reconciliar ni perdonamos, nosotras sí tenemos memoria. Ni reconciliación ni perdón, justicia”.
El presidente del CELS, Horacio Verbitsky, eligió la palabra “hipocresía” para analizar el paso dado ayer por la Corte. “Es evidente que hay una ofensiva llevada adelante con una notable hipocresía.” Para Verbitsky, el voto mayoritario de la Corte se basa en una “imbricada interpretación de leyes que son de dudosa aplicación en estos casos” para “conseguir la libertad de los detenidos por crímenes de lesa humanidad”. Señaló que las demoras en los procesos judiciales “no son responsabilidad de las víctimas sino de los jueces que no avanzaron con la premura suficiente y de la Corte Suprema que ha sido el tapón que ha permitido la acumulación de sentencias que no han quedado firmes y permitieron que muchos represores murieran impunes al no tener condena firme”. Al respecto, vale el ejemplo que aportó Adriana Taboada, de la Comisión Memoria, Verdad y Justicia de Zona Norte, quien informó que por los delitos cometidos en Campo de Mayo hay 21 causas judiciales que esperan un juicio oral, con varios de los sospechosos en prisión preventiva. “El círculo de impunidad abre y cierra en el Poder Judicial. No hay jueces, no se conforman tribunales. En Campo de Mayo se hace un juicio por año, faltarían 21 años para terminar”.
“Hay una decisión de ir dejando en libertad al mayor número posible de personas responsables de crímenes de lesa humanidad”, sentenció Verbitsky. Como Almeida, también relacionó el fallo con el pedido de reconciliación eclesiástico y descartó la casualidad en su consecución. “No es ninguna casualidad que coincidan, integran un operativo claramente coordinado”. En tanto, fue prudente con la posibilidad de iniciar juicio político a los jueces que posibilitaron el fallo, aunque destacó como “evidente” el cambio de posición de Highton de Nolasco tras su permanencia en la Corte a pesar de sus 75 años.
Para José Schulman, de la Liga, la de ayer fue “una de las fechas más negras y trágicas de la historia argentina”. Entendió que la decisión de la Corte “no es una provocación a las víctimas y sus familiares, sino a todo el pueblo argentino”, quien “va a responder desde la calle, donde construyó la justicia y donde la va a defender”. “Nos sorprende la creatividad del poder en construir una estrategia de impunidad para los condenados”, admitió. En esa línea opinó Lita Boitano, de Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas, quien le advirtió a la Corte que “vamos a luchar” y le pidió al Papa Francisco que “diga algo”.
Pisoni relacionó el voto de Rosenkrantz y Rosatti con la manera en la que llegaron a la Corte, “nombrados por decreto” del Ejecutivo. “Nosotros los impugnamos porque no tenían la idoneidad moral para ese cargo y no nos equivocamos”, planteó. “Este fallo es muy grave porque nos hará encontrar nuevamente en la calle con los asesinos de nuestros padres y ahora solo nos queda la herramienta de nuestro cuerpo, porque no estamos dispuestos a aceptar retrocesos”, arengó tras anunciar una posible marcha para los próximos días. Los abogados Elizabeth Gómez Alcorta y Rodolfo Yanzón opinaron igual. “Se espera un aluvión de pedidos de aplicación del dos por uno y muchos van a quedar en libertad. Sin lugar a dudas, después de las leyes de impunidad y los indultos, éste es el acto de gobierno más grave en materia de delitos de lesa humanidad”, puntualizó ella. Yanzón consideró que el fallo es “la amnistía de Macri”.
En cuanto al efecto del fallo sobre las condenas por apropiación, el abogado de Abuelas, Alan Iud, explicó que “deja bastante claro que abre las puertas a que se aplique la ley que regía en el ‘80, que establecía una pena mínima de tres años de prisión, posible de prisión en suspenso” y menor a la de aplicación actual, de cinco años de cárcel de mínima.
Comunicado de los organismos de DDHH en repudio al fallo de la Corte Suprema
La Corte Suprema decidió dejar en libertad a los represores condenados por delitos de lesa humanidad
03.05.2017
Los organismos de derechos humanos aquí presentes manifestamos nuestro enérgico repudio a la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que deja abierta la posibilidad de que los represores condenados por delitos de lesa humanidad queden en libertad aplicando el “ 2×1”, una norma vigente solo entre 1994 y 2001.
Como es de público conocimiento, el fallo con la mayoría de los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti declaró aplicable la ley 24.390, derogada en 2001 y más conocida como 2×1, en el caso de Luis Muiña.
Hasta el día de hoy, fue indiscutido que esta ley no regía para los crímenes de la dictadura, dado que no estaba vigente durante su comisión ni durante el juzgamiento de estos delitos.
Hoy, el fallo de la Corte abre la puerta a la impunidad de los genocidas. Como los mismos jueces Lorenzetti y Maqueda argumentaron en su voto en disidencia, la reducción de pena no es aplicable a los crímenes de la dictadura. Estos delitos no concluyen hasta tanto no se sepa el destino de los desaparecidos y de los nietos y nietas apropiados, por lo que no se pueden aplicar leyes previas y no vigentes. Este criterio también es exigido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a quien la Corte Suprema vuelve a desoír.
Es imperioso recordar que estos genocidas fueron juzgados tardíamente por la vigencia de las leyes de impunidad y que en la mayoría de los casos las condenas aún no se encuentran firmes por las propias dilaciones del Poder Judicial. El beneficio de este fallo alcanzaría a centenares de represores que estuvieron detenidos con prisión preventiva y ahora pueden obtener drásticas reducciones en sus penas e incluso solicitar la libertad por haber cumplido dos tercios de su condena.
Asimismo, el fallo abre un panorama incierto para las condenas a los apropiadores de menores porque cambia el criterio respecto a la ley aplicable que venía sosteniendo la jurisprudencia hasta la actualidad, incluso refrendada por la propia Corte Suprema.
De tomar este nuevo criterio de la Corte, los apropiadores podrían tener penas de tres años de prisión, que son de ejecución condicional y, así, un delito que se viene cometiendo durante 40 años recibiría una condena no acorde a la gravedad del hecho.
Llama poderosamente la atención que la jueza Highton de Nolasco, que en otras oportunidades impartió Justicia a favor de la verdad, hoy vote en sentido opuesto y en línea con los vientos de impunidad vigentes. Para dar un ejemplo, en el fallo Magnacco de 2009, que llamativamente fue omitido por la mayoría del Tribunal, justamente Highton de Nolasco se había pronunciado de forma opuesta a la resolución que tomó hoy, al considerar que debía aplicarse la ley 24.410, que establece penas más graves para delitos de apropiación.
Los organismos no claudicaremos en la lucha por la Justicia y advertimos que agotaremos todas las instancias nacionales e internacionales hasta lograr que este criterio que garantiza la impunidad sea abandonado. Asimismo, convocamos a todo el pueblo a defender los derechos conquistados, que son la clave para garantizar el Nunca Más en nuestra sociedad.
Abuelas de Plaza de Mayo /Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora / Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas / H.I.J.O.S. Capital / Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) / Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) / Asociación Buena Memoria / Comisión Memoria, Verdad y Justicia Zona Norte / Familiares y Compañeros de los 12 de la Santa Cruz / Fundación Memoria Histórica y Social Argentina / Liga Argentina por los Derechos del Hombre
Fallo de la Corte Suprema que declaró aplicable el 2×1 para la prisión en un caso de delitos de lesa humanidad
Las reacciones de Cristina, el bloque de diputados del FPV, el FIT y el Movimiento Evita
Desde los sectores de la oposición política al gobierno nacional también repudiaron el fallo de la Corte que beneficia con el 2 x 1 a los genocidas como un atropello a la lucha por los Derechos Humanos y como una escandalosa decisión a tono con el impulso del negacionismo y de la idea de reconciliación en la agenda política. “Como en el juego de la oca, Argentina retrocedió 20 años en materia de Derechos Humanos”, tuiteó la presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
Con el título de “insólito beneficio a los genocidas”, el bloque de diputados nacionales del Frente para la Victoria FPV-PJ, que encabeza Héctor Recalde, repudió el fallo de la Corte Suprema. ”Significa un enorme retroceso en la lucha contra el terrorismo de Estado y en la imagen que el país había recuperado a nivel internacional en la defensa de los Derechos Humanos”, dijeron en un comunicado. Además, marcaron la cercanía con el 40° aniversario de las Madres de Plaza de Mayo que tuvo la decisión, y la consideraron “un indulto” a los genocidas condenados y “un pésimo y negativo mensaje a la sociedad, en la que los culpables de asesinatos tienen siempre la chance de beneficiarse con la reducción de las penas”.
Para nadie pasó desapercibido que el fallo lleve las firmas de Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, los dos jueces designados por pedido de Macri y por la jueza Elena Highton de Nolazco, recientemente beneficiada por un fallo que le permitió seguir en su puesto a pesar de superar los 75 años. “¿Estamos ante una nueva mayoría automática, de esas que creíamos superadas cuando Néstor impulsó la renovación de la Corte Suprema?”, se preguntó por Twitter la ex presidenta.
En tanto, el Moviemiento Evita expresó su “más enérgico repudio” a la decisión de la Corte, al igual que el diputado nacional por el Partido Solidario, Juan Carlos Junio, quien destacó que los jueces “claudicaron ante los poderes políticos, culturales y religiosos, que sueñan con retrotraernos a la nebulosa de la desmemoria y la negación de la Verdad y la Justicia”.
Por su parte, desde el Frente de Izquierda y los Trabajadores (FIT) calificaron a la Corte como “una vergüenza”. La vocera fue la referente Miriam Bregman -abogada querellante en el juicio que condenó a Etchecolatz en 2006- quien señaló: “benefician a un grupo de criminales que siguen cometiendo sus delitos, ya que mantienen apropiados a más de 400 jóvenes”.
«Estoy de acuerdo con el 2×1 de la Corte si el fallo está ajustado a la ley», aseguró Claudio Avruj, secretario de Derechos Humanos
El secretario de Derechos Humanos, Claudio Avruj, se refirió al fallo de la Corte Suprema que declaró aplicable ayer el 2×1 en un caso de delitos de lesa humanidad y aseguró que está de acuerdo con la determinación «si el fallo está ajustado a la ley».
«Yo acato lo que dijo La Corte Suprema sobre el 2×1», dijo la máxima autoridad nacional en temas de Derechos Humanos, en diálogo con el programa Detrás de lo que Vemos que transmite AM 750. Además, pidió «más tiempo» para analiza los alcances del caso.
«Estoy de acuerdo con el 2×1 de la Corte si el fallo está ajustado a la ley. Hay que ser respetuosos del fallo de La Corte al respecto. Por sobre todos nosotros está el marco regulatorio de la ley», añadió.
«Permanentemente estoy condenando lo que fue el proceso sistemático de desaparición, tortura y muerte» de los años de la dictadura. «Es necesario que se rompa el pacto de silencio entre los militares, y que den la información que tienen», agregó. Pero dejó claro que esto es «independiente de la Justicia, que tiene que ir trabajando y tomando decisiones con total independencia».
El fallo
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por mayoría, declaró aplicable el cómputo del 2×1 para el caso de un condenado por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en el Hospital Posadas, en el oeste del Gran Buenos Aires.
La decisión de la mayoría constituida por los ministros Elena Highton, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz sostuvo que el beneficio de la ley penal más benigna resulta extensivo y se aplica «siempre» a todos los delitos, sin distinción alguna.
Con este argumento, declaró aplicable en el caso del represor condenado Luis Muiña la Ley 24.390 (conocida como 2×1), que estuvo vigente entre 1994 y 2001, cuando fue derogada, y que computa dos años por cada uno efectivamente preso a partir de los dos años de prisión preventiva.
En disidencia, votaron en minoría los jueces Ricardo Lorenzetti, presidente de la Corte, y Juan Carlos Maqueda, quienes argumentaron que ese beneficio no es aplicable a lo condenados por delitos de lesa humanidad.
El fallo de la Corte Suprema fue dictado en el caso del represor Muiña, en la causa «Bignone, Benito A. y otro s/recurso extraordinario», por crímenes de lesa humanidad cometidos en el Hospital Posadas, en el partido bonaerense de Morón.
Condenado a 13 años de prisión, Muiña integró durante la dictadura la patota parapolicial que se organizó bajo el nombre de «Swat», integrada por una decena de personas y que operó dentro del Posadas, donde creó el centro clandestino de detención conocido como «el chalet».
En el fallo divulgado ayer por el Centro de Información Judicial (CIJ), la mayoría del Máximo Tribunal sostuvo que el Estatuto de Roma, instrumento jurídico destinado a juzgar a acusados por delitos gravísimos tales como genocidio, crímenes de guerra y contra la humanidad, «incorpora el principio de la ley más benigna» y su carácter imperativo.
Para Lorenzetti y Maqueda, en cambio, sobre los delitos de lesa humanidad «no se ha dado ningún cambio en la valoración», son de carácter permanente y, «si durante su lapso de consumación rigieron dos leyes, no se trata de un caso de sucesión de leyes penales (hipótesis del artículo 2 del Código Penal, donde se debe aplicar siempre la más benigna), sino de coexistencia de leyes».