Venezuela: Corte frena ofensiva opositora contra Maduro y aclara que la Asamblea Nacional no tiene facultad para destituir al presidente

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TSJ reitera que la AN no tiene facultad para destituir al Presidente

Este lunes el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) reiteró que la actual Asamblea Nacional (AN) no tiene facultad para destituir al presidente de República, Nicolás Maduro, a su juicio el dignatario se encuentra en ejercicio de sus atribuciones constitucionales.

Asimismo, el máximo interprete de la Constitución invocó a revisar el contenido de la sentencia N° 948 de la Sala Constitucional del 15 de noviembre de 2016.

Adicionalmente la referida sentencia destaca especialmente la prohibición a los diputados y diputadas de “convocar y realizar actos que alteren el orden público; instigaciones contra autoridades y Poderes Públicos, así como otras actuaciones al margen de los derechos constitucionales y del orden jurídico”.

Aquí el comunicado:

En los últimos días algunos voceros políticos del país han señalado públicamente la posibilidad de declarar por acuerdo de la mayoría de diputados y diputadas de la Asamblea Nacional, el supuesto “abandono del cargo” de Presidente de la República, por parte del ciudadano Nicolás Maduro Moros, primer mandatario nacional, el cual se encuentra en ejercicio de sus atribuciones constitucionales.

Por ello el Tribunal Supremo de Justicia, con el firme propósito de mantener la paz, el orden constitucional y la estabilidad democrática de la Nación, invoca el contenido de la sentencia N° 948 de la Sala Constitucional del 15 de noviembre de 2016, en la cual, conforme al artículo 336 constitucional y a su jurisprudencia, se ordenó a las diputadas y diputados de la Asamblea Nacional abstenerse de continuar el procedimiento de declaratoria de “responsabilidad política” contra el Presidente de la República y, en definitiva, de dictar cualquier tipo de acto que se encuentre al margen de sus atribuciones constitucionales.

Adicionalmente la referida sentencia destaca especialmente la prohibición a los diputados y diputadas de “convocar y realizar actos que alteren el orden público; instigaciones contra autoridades y Poderes Públicos, así como otras actuaciones al margen de los derechos constitucionales y del orden jurídico”.

Finalmente el Tribunal Supremo de Justicia hace un llamado a utilizar la vía del diálogo como herramienta fundamental para dirimir las diferencias políticas y, en especial, para cumplir los deberes y fines constitucionales, en función de garantizar la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, y de procurar la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo.

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Asamblea Nacional declaró abandono del cargo del presidente Maduro

Sobrepasando el mínimo de mayoría simple de diputados, la Asamblea Nacional (AN) aprobó la declaración de abandono del cargo de presidente de la República por parte del ciudadano Nicolás Maduro, y exigió una salida electoral a la crisis venezolana a través del mecanismo constitucional del sufragio.

“Aprobado el acuerdo con el cual se califica el abandono del cargo a Nicolás Maduro Moros y lo más importante, se exige una salida electoral a la crisis venezolana para que sea el pueblo el que se exprese a través del voto», dijo el presidente del Parlamento venezolano Julio Borges respaldado por el grito mayoritario de “elecciones ya”.

Tras un conteo nominal que solo requería alcanzar 84 diputados a favor de este acuerdo, fueron 106 votos de los legisladores de la opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD) los que afirmaron su respaldo, a la par de la abstención de los diputados del estado Lara. Los diputados de la bancada oficialista del Bloque de la Patria no lo aprobaron.

El acuerdo dicta «manifestar que la única forma de resolver los graves problemas que aquejan al país es devolver el poder al pueblo de Venezuela y, por lo tanto, convocar a la celebración de elecciones libres y plurales».

El común denominador en la bancada de la oposición fue el argumento de que la actuación de Maduro está al margen de las funciones constitucionales de la presidencia, siendo el responsable de la «grave ruptura del orden constitucional», de la violación de derechos humanos y la «devastación de las bases económicas y sociales» de la nación.

El presidente de la AN convocó para este martes a las 2 p.m. a una nueva sesión legislativa, desde la sede del Hospital Vargas, en Caracas.

Oficialismo: “Es una acción inútil”

Como un “acto de ridiculez” que no va a tener ningún efecto jurídico o político, calificó Héctor Rodríguez, jefe de la bancada de la oficialista Bloque de la Patria, la decisión tomada en la sesión parlamentaria de esta tarde.

“Es una acción inútil que no va a tener ningún efecto jurídico ni político más allá de un intento fallido de golpe de Estado (…). No es haciendo estos actos de ridiculez, estos actos ilegales, inconstitucionales que se van a resolver los problemas de los venezolanos”, dijo el diputado del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).

Hizo un llamado a la oposición para que -según dijo- reflexione y haga a un lado la actitud inconstitucional con la que se maneja; le extendió las manos de los defensores de la revolución para “trabajar juntos, para dialogar y sumar fuerzas para resolver los problemas de todos los venezolanos”.

El Universal


¿Por qué la AN no puede declarar el «abandono de cargo» de Nicolás Maduro?

La Asamblea Nacional de Venezuela (AN), que se encuentra en desacato, declaró este lunes «el abandono de cargo» del presidente constitucional Nicolás Maduro.

Sin embargo, la Constitución venezolana, en los artículos 232 y 233, solo admite declarar el abandono de cargo del presidente en los siguientes casos: la violación a la soberanía nacional, a la integridad territorial y a la defensa de la nación; su revocatoria popular, muerte, renuncia o la incapacidad física o mental certificada por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

Al no cumplirse ninguno de los escenarios para declarar el abandono del cargo, la decisión de este lunes queda sin efecto jurídico vinculante, explica el portal misiónverdad.com.

Además, el Tribunal Supremo estableció que no es potestad de la Asamblea Nacional realizar un juicio político contra el presidente ni declarar el abandono del cargo. Por lo tanto, la decisión de este lunes de la AN desacata esta sentencia.

La situación de desacato que que mantenía la AN desde hace un año se debe a que no acató la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, organismo que ordenó la desincorporación de tres diputados del estado Amazonas (sur), cuya elección el 6 de diciembre de 2015 fue impugnada debido a irregularidades durante el proceso electoral.

Este lunes, poco antes de aprobar el abandono de cargo, la nueva directiva de la AN desincorporó a los tres diputados. Con este acto, la derecha parlamentaria reconoció la validez legal de las sentencias del TSJ.

«Intento fallido de golpe de Estado»

El jefe del Bloque de la Patria en la Asamblea Nacional, diputado Héctor Rodríguez, aseveró este lunes que la AN sigue «en una actitud de desacato, en una acción inútil que no tendrá efecto jurídico, más allá de un intento fallido de golpe de Estado».

Rodríguez explicó que los diputados de derecha, que son mayoría en la AN, hicieron una interpretación sin sustento jurídico del abandono del cargo, que no está relacionada con la ausencia física, sino en lo que ellos consideran «positivo y negativo de la gestión del presidente Maduro».

«Desde esa tesis irracional, podríamos decir que la Asamblea Nacional abandonó su cargo porque no nombró a los rectores del CNE (Consejo Nacional Electoral) , o porque no le ha pagado a los trabajadores; también se podría aplicar al gobernador del estado Miranda que abandonó su cargo porque no construye viviendas, o porque es la entidad más insegura del país(…) Es una barbaridad desde el punto de vista jurídico y político», sentenció Rodríguez.

Telesur


Acuerdo aprobado por la Asamblea Nacional declarando el «abandono de funciones» del presidente Nicolás Maduro

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