Ecuador: proyecto de ley promueve el debate sobre la función medicinal del cannabis
Dice que el listado de las dolencias para las que puede usarse es largo. Las enumera: dolores reumáticos, migraña, náuseas y vómitos por la quimioterapia, para pacientes con cáncer, sida, artritis, glaucoma, epilepsia, trastornos nerviosos y alimenticios como la anorexia… “Todo esto en una etapa experimental, pero las investigaciones continúan”. Recalca que su consumo ha sido ancestral. Son palabras que la presidenta de la Función Legislativa, Gabriela Rivadeneira, dijo en junio pasado, durante un foro realizado en la Asamblea Nacional al defender el uso del cannabis con fines terapéuticos.
Tres meses antes, Rivadeneira había presentado un proyecto de Ley Orgánica para el uso del cannabis con estos fines. Sin embargo, desde octubre pasado otra Ley Orgánica, la de Drogas, le otorga al Ministerio de Salud Pública (MSP) la potestad de autorizar por escrito la producción, comercialización, distribución y uso de medicamentos y productos que contengan sustancias sujetas a fiscalización con fines terapéuticos.
Al menos una veintena de países ya usan este tipo de medicamentos de forma legal. Holanda fue el primero que reguló su venta con receta en septiembre de 2003. Y diez años después, un país latinoamericano, Uruguay, se convirtió en el primero en el mundo en aprobar la regulación de toda la cadena de comercialización del cannabis, no solo con fines terapéuticos sino también recreativos. Fue un debate en la Cámara del Senado que incluyó el lobby de las empresas farmacéuticas que producen estas medicinas.
El proyecto de ley planteado en Ecuador establece que la venta debe ser bajo prescripción médica en farmacias autorizadas. Determina también que los pacientes deberán presentar certificados de médicos autorizados. Y además, contempla controles bimensuales; sin embargo, no especifica el perfil del paciente que recibirá atención con estas medicinas y le delega al MSP la elaboración de un catálogo de las enfermedades que podrán tratarse con cannabis.
Ecuador, como parte de un plan piloto del MSP, ya importa medicinas con cannabis desde hace un año con un permiso otorgado por la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria. Se trata de unas gotas traídas de Holanda que contienen cannabidiol, uno de los más de 400 componentes de la marihuana. La medicina ayuda a tratar en 50 menores la epilepsia refractaria, condición en la que los fármacos antiepilépticos no consiguen controlar las convulsiones.
Entre ellos está María, de 11 años, quien sufre convulsiones desde que tiene dos meses. Llegó a tener de 180 a 200 crisis epilépticas al día, incluso cuando dormía, dice su madre. La mujer refiere que acudió por ayuda al Centro Nacional de Epilepsia –una fundación con sede en Quito–, donde los especialistas le recomendaron un frasco de estas gotas a un costo de $ 40, que le duran 15 días. Desde hace ocho meses, cuando empezó a colocárselas debajo de la lengua, las crisis fueron disminuyendo, asegura. “Al principio tenía recelo de darle, pero antes mi hija quedaba como muerta y ahora al menos come y camina con ayuda”.
Aunque Galo Pesántez, director del Centro Nacional de Epilepsia, advierte que el uso de este medicamento no debe ser generalizado: “Hablamos de una condición que tiene que ser controlada… Alrededor de 50 pacientes reciben este tratamiento de los diez mil que llegan al centro”.
Especialistas relacionados con el tratamiento de adicciones y cuidados paliativos coinciden en que esa prescripción debe estar sujeta a reglas claras para evitar un problema mayor de casos de drogadicción.
Armando Camino, psiquiatra del hospital de Solca en Quito, considera que estas medicinas son eficaces en aspectos como mantener más activos a quienes tienen, por ejemplo, epilepsia refractaria porque contienen sustancias que actúan en el equilibrio del cerebro. Pero, agrega, también deben analizarse sus efectos adversos: “Las personas que consumen drogas como cannabis, principalmente en edades tempranas, tienen cambios importantes en lo relacionado a memoria, juicio, aprendizaje”.
María Cristina Cervantes, jefa de Cuidados Paliativos del hospital de Solca en Quito, considera que, antes que optar por este tipo de medicamentos, primero debe garantizarse el acceso a las medicinas con morfina en las terapias para contrarrestar el dolor: “En Uruguay, Colombia y Chile, antes de legalizar el uso de cannabinoides, han tenido acceso primero a la medicación básica para el dolor, que es la morfina, y en Ecuador no hay la morfina en todas las presentaciones”, afirma (ver nota vinculada).
La Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, que regula el sistema de control de drogas de Naciones Unidas, clasificó al cannabis en la categoría I, que incluye sustancias que generan dependencia y un riesgo grave de abuso, y en la IV, por los riesgos asociados de abuso, sus características especialmente nocivas y su muy limitado valor médico.
Sin embargo, el Comité de Expertos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda el retiro de ciertos componentes del cannabis de esas listas. Es el caso del dronabinol –se usa para tratar efectos de la quimioterapia como náuseas y vómitos y otras dolencias– “en pacientes que no responden adecuadamente a los tratamientos convencionales”, dice un informe de 2006.
Para Gloria (nombre protegido), quien trae por su cuenta de EE.UU. un aceite con cannabis para controlar las convulsiones de su hija de 12 años, la legalización implicaría abaratar costos: “Hay que viajar para poder traerla”, dice. Ella no cuenta con los permisos en el país para importar el aceite. Su caso fue presentado en el foro de junio último en el que se hizo alusión al plan piloto del MSP sobre los casos de epilepsia severa.
Santiago Escalante, coordinador general de Desarrollo Estratégico de Salud del MSP, afirma que el cannabis se usará en pacientes cuando se hayan agotado las alternativas terapéuticas. Sin embargo, el proyecto de ley no lo especifica así.
Escalante afirma que inicialmente se utilizaría en seis determinadas dolencias (ver detalles) con la importación de productos que ya cuentan con registros sanitarios de origen de los países donde ya se aplican.
-¿Cómo se controlará que los médicos apliquen los protocolos que se establezcan?
Escalante responde que el mecanismo se incluirá vía reglamento que ya elabora el MSP para la Ley Orgánica de Drogas, el que tiene previsto presentarse en diciembre próximo para que, dice, sea debatido. “Debe haber un procedimiento que regule para que no se caiga en el abuso, eso es lo que no se quiere”.
Como parte del plan piloto, el MSP presentó este año una encuesta de percepción a quince familiares y otros cuidadores de pacientes con epilepsia refractaria que son tratados con cannabidiol. Según esta, el 73% asegura que vieron mejorías desde su aplicación.
Francisco Andino, presidente del Foro Permanente de la Salud y exministro del ramo, considera que este tipo de planteamientos deben ser elaborados en conjunto con los gremios de los médicos que son los que finalmente harán uso de estas nuevas alternativas.
Con ello, según Andino, se evitará lo que viene ocurriendo con el expendio de medicinas que deberían ser comercializadas bajo prescripción médica. “No se pueden plantear proyectos de ley sujetos a una tendencia de creerse progresistas frente a condiciones en las cuales no existe una contención ni de la escuela, ni del colegio, ni de la familia, ni del barrio, frente al uso de drogas”, afirma.
Este Diario solicitó el 3 de agosto pasado una entrevista con Rivadeneira. Inicialmente de su oficina respondieron que sería concedida el 10 de agosto pasado y luego la pospusieron para la semana siguiente. Finalmente dijeron que no sería posible por un asunto de agenda legislativa.
Posible uso
Aplicación
En un foro realizado en junio en la Asamblea Nacional para presentar el proyecto de Ley se mencionaron seis usos de las medicinas con cannabis:
Dolor crónico por cáncer.
Contrarrestar los efectos de las quimioterapias.
Epilepsia refractaria.
Esclerosis múltiple.
Portadores de VIH-sida que presenten anorexia.
Dolor neuropático.