Tarifazo: la Corte Suprema le pide al gobierno que explique los aumentos de tarifas

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Al final no se sabe si es a la Corte o a la larga

La Corte Suprema no resolvió nada sustancial sobre el tarifazo, pero puso al Gobierno en un aprieto al ordenarle que entregue en un plazo de diez días un informe detallado que diga en qué se basó “para arribar a los aumentos de precios y tarifas”. Deberá fundamentar, según requirió el tribunal, si se tuvieron en cuenta los llamados “principios de gradualidad y progresividad”, es decir, qué esquema de aplicación de los aumentos se pensó como para respetar el poder adquisitivo de los usuarios y de qué modo se garantiza la protección de sus derechos sin empeorar la situación previa. En el caso puntual de la tarifa social, exige saber si cambiará la cantidad de beneficiarios. La resolución fue firmada por los cuatro jueces que integran ahora el tribunal después de recibir varios planteos del Gobierno en distintos expedientes en los que le pedía que asuma la competencia o actúe por “per saltum”. Unas horas después del acuerdo de los supremos, el presidente de la Corte Ricardo Lorenzetti apareció en la Casa Rosada y se reunió con Mauricio Macri. No es la primera vez que se encuentra. Pero esta, por ser en pleno debate judicial del tema, pareció inapropiada entre las entidades que consiguieron que la Cámara Federal de la Plata frenara el aumento del gas para todo el país.

Los jueces supremos todavía no opinaron sobre el “per saltum” –un recurso para saltear instancias– que planteó el Poder Ejecutivo ni sobre las discusiones de competencia entre tribunales. Recién lo harán después que lleguen los informes, o sea, con suerte entrado agosto teniendo en cuenta que la semana que viene empieza la feria judicial. La Corte tiene ahora cinco expedientes a estudio (son de Chubut, Mendoza y San Luis), pero todos ellos requieren la resolución de cuestiones formales previas, de “admisibilidad”, antes de poder tratar la legalidad del tarifazo. Por esto, en el tribunal estiman que no será ninguno de estos expedientes el que use para hacer su pronunciamiento más importante y definitivo sino que hay dos opciones: el caso de Córdoba, donde la Cámara Federal hizo lugar a una medida cautelar que suspendió el incremento de precios del gas en la provincia entera o la sentencia que firmó la Cámara Federal de La Plata, que directamente declaró nulas para todas las provincias del tarifazo y ordenó retrotraer el esquema de tarifas al anterior.

En el Gobierno ya tenían una idea desde la semana pasada de lo que podría hacer la Corte, empezando por el pedido de informes, y decían esperar más adelante un fallo favorable, que respalde las subas. Pero el tema es complejo y si bien el tribunal seguramente buscará una salida que deje a todos contentos, todavía no está claro cuál es el camino. Además, pese a las resoluciones anunciadas por la Casa Rosada modificando los topes, persisten dudas en la gente de a pie sobre cómo proceder. En el encuentro entre Macri y Lorenzetti al parecer también se habló de la asunción de Carlos Rosenkrantz, prevista para después de la feria. Pretendía ser una reunión discreta, pero el supremo fue visto por la casa de Gobierno. “No deberían haberse reunido ahora, genera sospechas. Puede llegar a violar el derecho a la igualdad de las partes”, dijo Pedro Sisti, de Cepis, una de las organizaciones que promovió la demanda de La Plata, que es la que el Ejecutivo llevará a la Corte.

El tramo sustancial del pedido de informes del alto tribunal está dirigido en Enargas (Enargas) le pide que especifique: primero, cómo fue la evolución de las tarifas del gas desde la ley de emergencia económica y cómo impactó en la prestación del servicio; luego, que especifique, qué parámetros tuvo en cuenta para fijar este año los aumentos que van de 400 por ciento a 1700 por ciento en y que especifique y fundamente “la existencia o inexistencia de la ponderación de los principios de gradualidad y progresividad para la determinación del cuadro tarifario en análisis.

Para los especialistas en derechos del consumidor, éste último punto es crucial, ya que alude a principios básicos de derechos humanos. El de progresividad indica que la protección de derechos debe ser cada vez más y mejor. A la vez, tiene un límite que es la “no regresividad”, es decir, no se podrían tomar medidas que protejan menos que el estado de situación anterior. Esto podría estar incumplido en los nuevos requisitos impuestos para la tarifa social (por ejemplo, no podría acceder quien tiene un auto de hasta quince años de antigüedad). El principio de gradualidad exige una regulación del precio por metro cúbico que se adecue a la situación social de los usuarios.

Otro de los puntos que le pide la Corte al Enargas es que puntualice “cómo quedaría conformado el esquema tarifario final” y que explique una primera resolución que el mes pasado ya había puesto un tope de 400 por ciento para los clientes residenciales de todo el país y 500 en la factura final para las pymes, comercios y clubes entre otros. Al final el tribunal también exige que le expliquen los “parámetros tenidos en cuenta para alterar el alcance de la tarifa social y si la aplicación de la nueva normativa implica modificar la cantidad de beneficiarios de dicha tarifa”. Tendrá que fundamentar todo y precisar el monto final de este tipo de tarifa, qué “criterios orientan la aplicación, o no aplicación de la tarifa social para entidades de bien público, entidades solidarias sin fines de lucro, pequeñas y medianas empresas, en particular las directamente vinculadas a las economías regionales”.

Los jueces supremos preguntaron puntualmente al ente si “se ha considerado el establecimiento de bandas tarifarias o segmentaciones según los ingresos del usuario y, en su caso, de los demás miembros del grupo familiar con el que cohabita”. También quieren saber si se fijaron “bandas tarifarias o segmentaciones según la distancia en relación con los centros de producción, transporte y distribución”, junto con los “fundamentos técnicos”.

Como la resolución de la Corte fue firmada antes de que fueran publicadas y oficializadas las nuevas decisiones del Gobierno sobre topes en las tarifas, le pide que incluya a todas en la respuesta al tribunal. A los jueces de San Rafael y Mendoza les pide informes sobre las causas que tramitan allí; también al juzgado de María Alejandra Biotti le pidió un estado de situación del expediente en el que le reclamó a los juzgados federales de La Plata, Rawson, Río Gallegos, Bariloche, Mendoza, San Rafael, Ushuaia y Salta que le remitan los suyos. Uno de las demandas en Chubut es contra la empresa Camuzzi Gas del Sur, pero es de 2014 y para la Corte quizá no tenga sentido resolverlo. El per saltum fue planteado en uno de los expedientes de Mendoza, pero a esta altura todo indica que no sería el más “útil” para los cortesanos.

Según vienen analizando los jueces en reuniones que tienen casi a diario desde hace dos semanas, sólo los expedientes de La Plata o Córdoba podrían ofrecer “un caso” que les permita dar una resolución con efectos generales y en los efectos que están analizando. Hasta ahora el foco de algunos fallos estuvo puesto en el hecho de que el Gobierno se salteó la obligación constitucional de ofrecer una instancia de participación ciudadana antes de aumentar tarifas. La regulación del sector obliga a hacer audiencias públicas. El Gobierno dice que se hicieron en 2005. La Cámara de La Plata, por ejemplo, no convalidó esa afirmación, deberían hacerse ahora, en el contexto actual. El Gobierno se mantiene en su postura, dice que la actual es una situación transitoria y que en octubre será una última audiencia pública. Es decir, no será la audiencia pública donde todo entre en debate.

De este modo, el futuro fallo de la Corte seguramente será abarcativo. La cuestión de la audiencia pública es clave, porque es un requisito constitucional, pero el análisis que están haciendo hoy los supremos, de acuerdo al pedido de informes enviados, apuntaría a tener en cuenta efectos sociales y económicos de la determinación de una tarifa, para lo cual podría establecer parámetros. Además, tiene pendiente fijar regulaciones para los procesos colectivos, como los que están en juego.

Página 12


El Gobierno oficializó los topes de aumento en las facturas de gas

El Ministerio de Energia y Mineria oficializó los topes en los aumentos de las tarifas del gas natural del 400% en las facturas que deberán pagar los usuarios residenciales y del 500% para comercios y pequeñas y medianas empresas, retroactivo al 1 de abril pasado.

La medida se adoptó mediante la Resolución 129/2016 de la cartera a cargo de Juan José Aranguren, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

En sus considerandos, la norma explica que «el significativo incremento del consumo de gas vinculado a las condiciones climáticas registradas en determinadas regiones del país (…) provocó que, aún con la aplicación de los topes de facturación establecidos en la Resolución N° 99/2016, se registraran facturas a usuarios por montos totales significativamente superiores a los del mismo período del año anterior».

Y que, en ese contexto, «se plantearon numerosas acciones judiciales contra las resoluciones que dispusieron los incrementos de precios y tarifas referidos al servicio de gas, con resultados dispares en distintas instancias y ámbitos territoriales, circunstancia que ha afectado el grado de certidumbre y claridad que deben tener los usuarios de todo el país con relación al servicio público que reciben».

Además, las decisiones judiciales que se pronunciaron en contra de la aplicación o validez de tales resoluciones «han afectado también la aplicabilidad del régimen de Tarifa Social».

Por ello, el Ministerio de Energía consideró «conveniente y urgente adoptar nuevas medidas que, por un lado, permitan mitigar el impacto del incremento del consumo registrado a partir del mes de abril del corriente año en el marco de los nuevos precios y tarifas vigentes y, por otro lado, posibiliten mantener el camino iniciado en dirección a la normalización de precios y tarifas, en un marco que aliente las inversiones necesarias para obtener el gas natural que requieren los usuarios del país, a la vez que brinde protección para que los usuarios de menores recursos económicos puedan continuar accediendo al servicio a través de la Tarifa Social».

Télam

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