Paraguay: indignación durante la lectura de la sentencia contra los campesinos implicados en la Masacre de Curuguaty

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Contexto Nodal
El 15 de junio de 2012 fallecieron 11 campesinos y 6 policías durante un intento de desalojo, aunque la orden era de allanamiento. Por la llamada «Masacre de Curuguaty» fueron condenados 11 campesinos entre 4 y 35 años de prisión.

 

Las personas que se encuentran en la explanada del Palacio de Justicia escuchando la lectura de la sentencia del caso Curuguaty no dejan de mostrar su indignación, ante cada línea se expresan con gritos así como con carteles preparados con anterioridad.

En medio de gritos de «Justicia» y «Absolución ya» se realiza la lectura de la sentencia, en el barrio Sajonia de la capital de la República.

Niños, jóvenes y ancianos se autoconvocaron en ese lugar, la mayoría son familiares de los acusados y condenados en el caso.

Además se encuentran representantes de varias organizaciones locales, ciudadanos que apoyan la absolución, así como un gran contingente de seguridad desplegado en los alrededores del edificio de la Corte.

Se previeron unos 1.500 efectivos policiales para la lectura de la sentencia. Además, se reportó la presencia de francotiradores para custodiar la zona del Palacio.

Impuntualidad. Si bien la lectura de los argumentos de la sentencia debía comenzar a las 11.00, los preparativos -como instalación de toldos, mesas y sillas donde posteriormente se instalarían los magistrados y las personas que se encargarían de la lectura- iniciaron a esa hora.

La lectura de la sentencia comenzó con varios minutos de retraso, lo que caldeó un poco más los ánimos de los familiares de campesinos condenados y organizaciones civiles que desde tempranas horas se encuentran apostados en el lugar.

Antecedentes. El 15 de junio de 2012 fallecieron 11 campesinos y 6 policías durante un procedimiento de intento de desalojo, mientras que la orden era de allanamiento. A raíz de la masacre fueron condenados 11 campesinos entre 4 y 35 años de prisión.

Tras conocerse la resolución, varios familiares, amigos y abogados ocuparon la sala de juicio por casi 48 horas. Asimismo, organizaciones realizaron marchas y movilizaciones frente al Poder Judicial, donde siguen encadenados parientes de los campesinos y hasta el propio Adalberto Castro, quien fue recientemente liberado.

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Tribunal ratifica que tierras son de Campos Morombí y que campesinos ingresaron violentamente

El Tribunal de Sentencia ratificó la postura de que las tierras de Marina Cué pertenecen a la empresa Campos Morombí SA y que los campesinos ingresaron ilegalmente al inmueble, en forma violenta. En los argumentos hicieron énfasis en los testimonios policiales y elementos hallados en el lugar para comprobar el delito de invasión de inmueble ajeno.

Pasadas las 11.30 de este lunes se leyeron los argumentos del fallo dictado por eñ Tribunal de Sentencia contra los 11 campesinos procesados por la masacre deCuruguaty, ocurrida el 15 de junio del 2012. La lectura se realizó en la explanada de la sede del Poder Judicial de Asunción.

El Tribunal de Sentencia condenó a Rubén Villalba y a Luis Olmedo Paredes a 30 años y 20 años de prisión, respectivamente. Mientras que los demás labriegos recibieron penas que van entre los 18 y 4 años de cárcel.

Uno de los primeros argumentos fue el delito de invasión de inmueble ajeno. En ese sentido, señalaron que las tierras conocidas como Marina Cué, donde ocurrió el trágico suceso, está dentro de la propiedad de Campos Morombí, propiedad de la familia del fallecido político Blas N. Riquelme.

Mencionaron que desde el año 2011 ese sitio era sujeto de sucesivas invasiones por personas autodenominadas como campesinos sin tierra. No obstante, en ese tiempo se conseguía que los ocupantes abandonen en forma pacífica por medio de procedimientos fiscales y policiales.

Posteriormente, un grupo de 30 personas decidió ocupar el lugar en forma permanente y permanecieron hasta el 14 de abril del 2012, de acuerdo a un informe policial y posterior relato de uno de los testigos policiales durante el juicio oral y público.

El relato continuó, contando que efectivos policiales se constituyeron en el inmueble y comunicaron a los labriegos que la propiedad era privada. Salieron en forma pacífica y acamparon en la periferia, según otro informe policial del 3 de mayo del 2012.

Otro de los testigos, el comisario Alcides Velázquez, recordó que el 12 de mayo del 2012 se constituyeron nuevamente en la propiedad y comprobaron que un grupo de 150 personas volvió a ingresar y realizaron limpiezas e instalaron ranchos precarios.

La comitiva consultó a los campesinos sobre sus datos y estos se negaron a brindar información, pero mencionaron que sus dirigentes eran Roberto Ortega, Rubén Villalba y Avelino Espínola.

Para el Tribunal de Sentencia quedó probado en el juicio que el 16 de mayo del 2012 unas 30 personas a cara cubierta ingresaron violentamente a una caseta de Campos Morombí portando armas de fuego, escopetas, rifles y armas blancas.

Indicaron que en esa ocasión actuaron en forma violenta e intimaron a los guardias a que abandonen el lugar porque manifestaron que les pertenecía. Los afectados señalaron que fueron despojados de sus pertenencias, como billetera, una escopeta calibre 12, entre otras cosas.

Los jueces también valoraron el testimonio del comisario Miguel Anoni, que en aquel momento se desempeñaba como jefe policial del departamento de Canindeyú. El entonces jefe policial se trasladó a la zona para verificar la situación tras recibir una denuncia del administrador de la empresa Campos Morombí.

De acuerdo a su relato, al llegar hasta la zona ocupada fueron recibidos con disparos y gritos de «¡Fuera policías!». La comitiva decidió retirarse del lugar. Pero una semana después volvieron y se encontraron con un grupo de 70 personas que portaban escopetas, rifles, machetes y otros tipos de armas blancas.

El entonces jefe policial refirió que Rubén Villalba no quiso hablar, pero aseguró que no saldrían de Marina Cué y amenazó con que si los obligaba saldrían «2 por 1».

Para el Tribunal de Sentencia también quedó comprobado que los líderes de los ocupantes impartían instrucciones a los labriegos en materia de defensa, de acuerdo a un informe policial del 22 de mayo del 2012.

Otro de los testificantes, Alcides Gaona, dijo que tenía información de que los campesinos aprendían el uso de las armas y realizaban prácticas de tiro.

A ellos se suma el testimono de Alcides Gaona de que se tenía información de que a las personas se les enseñaba el uso de las armas y realizaban prácticas de tiro.

El 28 de mayo de aquel año, el administrador de Campos Morombí denunció que los campesinos amenazaban con quemar los productos agrícolas, cuyo valor ascendía a unos USD 250.000.

De igual forma, el ex viceministro de Seguridad, Elvio Segovia, declaró que se constituyeron en el inmueble a los efectos de dialogar con los ocupantes para pedirles que abandonen el sitio en razón de que se estaba dictando una orden judicial.

Recordó que fue recibido por dos líneas de labriegos, en la primera portaban armas largas, rifles, y en la segunda estaban armados con foisas, machetes y tenían puestos gorras. Dijo que Rubén Villalba reiteró que no abandonarían el predio.

El 9 de junio del 2012, la Policía Nacional recibió la denuncia de un colono brasileño sobre el ingreso ilegal de un grupo de 15 personas a un establecimiento cercano a Marina Cué, donde faenaron dos cabezas de ganado.

Agentes policiales intervinieron y encapuchados efectuaron disparos de fuego al percatarse de su presencia y luego se internaron en el bosque.

Debido a que los intentos pacíficos de retiro voluntario no tuvieron respuestas favorables, la fiscala Ninfa Aguilar solicitó un pedido de allanamiento, avalado por el juez de Curuguaty, José Benítez.

Tras la organización del procedimiento de allanamiento, el 15 de junio del 2012 se hizo el último intento para que los ocupantes abandonen el inmueble.

En ese sentido, los argumentos del Tribunal indican que el comisario Miguel Anoni Paredes se comunicó vía celular con Rubén Villalba, a quien le dijo para que se retirara de Campos Morombí. Sin embargo, volvieron a tener respuesta negativa.

La lectura de los argumentos del fallo continuó explicando que ante el inminente cumplimiento de la orden judicial los ocupantes dieron marcha a su plan, se prepararon con armas de fuego y se ubicaron estratégicamente en el lugar.

Entre las evidencias sustentadoras hicieron referencia a fotografías, filmaciones y pruebas encontradas en el lugar, como carpas precarias, utensilios, enseres y un cuadernillo con el nombre de los labriegos.

Los elementos probatorios mencionan que Rubén Villalba estuvo presente en la ocupación con anterioridad al 15 de junio del 2012, fecha de la masacre.

Mientras que Luis Olmedo Paredes fue aprehendido ese mismo día junto a Felipe Benítez Balmori, Adalberto Castro Benítez y Lucía Agüero.

La presencia de Néstor Castro Benítez se comprobó porque fue llevado de urgencia hasta un hospital de la zona tras recibir un impacto de fuego en el rostro. En tanto Arnaldo Quintana fue aprehendido cuando huía de la finca hacia la ruta, del mismo modo que María Fani Olmedo y Dolores López Peralta.

CONCLUSIÓN. El Tribunal de Sentencia refiere que los campesinos no solo ingresaron a Campos Morombí, sino además emplearon la violencia para incursionar en el inmueble con armas de fuego y armas blancas, con intención de instalarse en forma permanente con la construcción de ranchos precarios, la limpieza del sitio y el traslado de enseres domésticos.

Señala que tampoco se tuvieron elementos probatorios que se desvirtúen de esa teoría por más que la defensa de los campesinos alegaba que las tierras pertenecen al Estado paraguayo. En ese sentido, hace referencia que el titular del Indert de ese entonces, Alberto Alderete, no autorizó a los campesinos a ingresar a dichas tierras.

Recordaron que el propio reglamento de la institución señala que la concesión de las tierras a los efectos de la reforma no admite invasión de inmueble ajeno porque si eso aconteciere se invalida el proceso.

Además, sostiene que la firma Campos Morombí se benefició de una acción de usucapión cuya sentencia ejecutoria está firme a pesar de que en el plano civil existe un litigio judicial entre la empresa y el Estado paraguayo que las reivindica.

En cuanto al delito de asociación criminal, los fundamentos de los jueces es que los labriegos en todo momento tuvieron la intención de ocupar y permanecer en el sitio en forma violenta y resistirse a cualquier intervención policial.

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