Corte de EEUU falla que la isla no podrá declarar la quiebra y reestructurar su deuda

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Puerto Rico no podrá recurrir a la Ley de Quiebra Criolla

El Tribunal Supremo federal falló ayer contra Puerto Rico en un caso vital sobre su deuda y determinó que la isla no puede recurrir a una ley que proclamó en 2014 para declarar en quiebra a sus empresas públicas y evitar así el pago de parte de su deuda.

El fallo del alto tribunal significa que Puerto Rico, Estado Libre Asociado de EEUU, no podrá establecer su propio mecanismo de bancarrota y reestructurar su deuda de $72,000 millones, de los que cerca de la mitad corresponden a corporaciones públicas, que a menudo recurren al Gobierno para mantenerse a flote.

Los jueces fallaron en contra de la «Ley 71», conocida a nivel local como «ley de quiebra criolla».

Primera Hora


Reacciona el gobernador a la decisión del Supremo

Las dos decisiones más recientes del Tribunal Supremo de Estados Unidos son un golpe a Puerto Rico, reconoció ayer el gobernador Alejandro García Padilla.

Hoy el Tribunal Supremo federal falló en contra de la ley que creaba la quiebra criolla. La decisión se une a producida la semana pasada por el mismo foro judicial, que indicó que el Estado Libre Asociado no tiene la soberanía para juzgar a una persona cuando ya las cortes federales lo hayan hecho.

«¿Alguien piensa que esas decisiones son buenas para Puerto Rico? Nadie lo piensa. Eso es malo para Puerto Rico», afirmó.

«El otro caso (que no valida la quiebra criolla) nos quita herramientas para defendernos contra los acreedores», agregó.

García Padilla insistió en que acudirá ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para denunciar el cambio de postura de Estados Unidos en torno a su relación política con Puerto Rico.

Sale al paso Justicia

Pese al revés que sufrió ayer el Departamento de Justicia ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, el secretario César Miranda dijo estar convencido de que la ausencia de legislación federal le daba el poder a Puerto Rico para atender su crisis fiscal a través de la aprobación de la ley conocida como la de quiebra criolla.

“Estamos convencidos de que el ELA (Estado Libre Asociado) ejerció válidamente su autoridad de legislar en una materia que le era indispensable para atender en parte la crisis fiscal”, sentenció.

Por tal razón, el funcionario afirmó estar en desacuerdo con la determinación tomada hoy contra el gobierno de Puerto Rico, en votación 5 a 2, que dejó sin efecto la Ley para el Cumplimiento de las Deudas y la Recuperación de las Corporaciones Públicas.

“Presentamos este caso ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos porque estábamos y estamos absolutamente convencidos de que es jurídicamente imposible el que se dejara a Puerto Rico en una total indefensión con relación al tema de la reestructuración de su deuda. No hay precedente en el sistema de justicia americano en el que se haya dejado desprovisto de un recurso de reestructuración a ningún estado de los Estados Unidos. Es inexplicable el que se acepte como correcta la exclusión en el 1984 de la protección del Código Federal de Quiebras sin que medie en el récord legislativo la más mínima expresión de por qué se hizo. Por lo tanto, esta decisión nos sorprende. A base de la argumentación en la vista del Tribunal Supremo federal entendimos que la decisión se inclinaría a nuestro favor”, explicó Miranda en declaraciones escritas.

Añadió que “defendimos la constitucionalidad de la Ley de Quiebra Criolla, porque sin duda es un instrumento de reestructuración indispensable para Puerto Rico, particularmente ante la situación fiscal que padecemos”.

Dijo que el Tribunal Supremo ha avaladocon su determinación que Puerto Rico esté desprovisto de mecanismos de reestructuración de deudas, situación que cree lamentable.

“Respetamos la decisión de la Corte Suprema federal y reiteramos el compromiso del ELA de seguir agotando todos los medios disponibles para restablecer la salud fiscal de las corporaciones públicas en beneficio de todos y todas las puertorriqueñas”, subrayó.

El Nuevo Dia

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