Congreso de El Salvador aprueba agravar penas contra crímenes de odio por orientación sexual

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La Asamblea Legislativa aprobó ayer con 75 votos reformas al Código Penal para agravar las penas de cárcel a quienes cometan el delito de homicidio o amenazas motivadas por odio o intolerancia a la expresión de género u orientación sexual.

Agregaron el numeral 11 al artículo 29, para incrementar las penas de prisión de 30 a 50 años, cuando el homicidio “fuere motivado por odio racial, étnico, religioso, político, a la identidad y expresión de género o la orientación sexual”.

Aumentaron el agravante de 40 a 60 años de cárcel por el asesinato de policías, soldados, seguridad penitenciaria y funcionarios públicos.

El decreto aprobado modifica el artículo 155 del Código para establecer un agravantes especiales con penas de tres a seis años de cárcel las amenazas motivadas por las mismas circunstancias de odio.

“Es necesario introducir agravantes a los delitos de homicidio y amenazas en el Código Penal para sancionar con mayor rigor los hechos punibles motivados por odio racial, étnico, religioso, genérico, identidad y expresión de género, orientación sexual”, reza el proyecto de decreto aprobado por los legisladores.

La propuesta de reforma fue presentada por el FMLN. “Son personas iguales, con la opción de tener una orientación sexual diferente. Hemos avanzado mucho en la democracia, es un paso significativo para reconocer derechos de comunidad LGTBI”, expresó la diputada efemelenista Cristina Cornejo. El partido de izquierda argumentó que debe activarse el poder punitivo para prevenir y reprimir hechos contra ese tipo de personas.

El diputado Julio Fabián, de ARENA, expresó que luego de la reforma de ayer debe también reformarse la Ley para una vida libre de violencia contra las mujeres. Señaló que los crímenes contra las mujeres tienen agravantes de 20 a 30 años y debe llevarse también a los 30 a 50 años. “Nos ha quedado esa deuda”, expresó el diputado Fabián.

El Mundo

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