Respaldo a los diálogos: Corte Constitucional colombiana da vía libre a referendo por la paz

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Este martes la Corte Constitucional le dio un nuevo ‘empujón’ al proceso de paz de La Habana entre el Gobierno y las FARC. Se trata del análisis de la Ley Estatutaria mediante la cual se dictan las reglas para el desarrollo de referendos constitucionales con ocasión de un acuerdo final para la terminación del conflicto armado.

Los magistrados votaron la ponencia de la magistrada María Victoria Calle de 99 páginas en la que le dio vía libre al referendo por la paz. La votación fue 6-3.

La magistrada aseguró en su ponencia que dicha iniciativa para refrendar los posibles acuerdos logrados en La Habana es acorde a la normatividad y no viola la ley.

Dentro de las principales consideraciones de la ponencia se destacó que dicho referendo sí se podría realizar con las elecciones de gobernadores y alcaldes. El año entrante se elegirán los nuevos mandatarios seccionales para los próximos tres años.

Calle señaló que la realización del referendo en una jornada electoral no afecta el derecho de los promotores de la abstención activa de estos mecanismos, pero advierte que: “No pueden coincidir con elecciones de presidente y vicepresidente puesto que, a la luz del artículo 262 de la Constitución, está prohibido”.

Semana.com reveló hace pocos días que dicha ponencia tuvo gran recibo entre los magistrados. El argumento base es que no existe norma constitucional que impida la realización del referendo en simultánea con las elecciones de gobernadores y alcaldes.

El procurador Alejandro Ordóñez en su concepto solicitó a la Corte que tumbe el proyecto por considerar que tiene vicios de trámite y de fondo que son insubsanables, por lo que debía ser declarado inexequible.

“No es un proyecto de Ley Estatutaria que pretenda establecer una regla general en favor del derecho de los ciudadanos a participar en las decisiones que los afectan y a ejercer la soberanía popular, sino un proyecto que se presenta, como su nombre lo indica, en razón de ‘una ocasión’. Es decir, de una situación coyuntural específica, cual es la suscripción de un ‘Acuerdo para la Terminación del Conflicto Armado’, señaló la Procuraduría. Pero la Corte decidió otra cosa.

Semana

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