Declaraciones de UNASUR, ALBA, G77, Coordinación de Centrales Sindicales del Cono Sur, Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo y de la CEPAL, respaldando a la República Argentina en su disputa contra los fondos especulativos
LOS TRABAJADORES DEL MERCOSUR CONTRA LOS FONDOS BUITRES
MERCOSUR, junio del 2014
Ante la reciente resolución de la Corte Suprema de Justicia de los EE.UU de no hacer lugar al reclamo presentado por el Gobierno Argentino, en una actitud injusta e irresponsable que privilegia y convalida las desmedidas apetencias de los “ Buitres financieros ” en detrimento de los intereses soberanos de la Argentina y castiga a una Nación que desde hace una década y con muchísimo esfuerzo cumple fielmente con sus compromisos internacionales, la Coordinadora de Centrales Sindicales del Cono Sur expresa su más profundo repudio e indignación y convoca a una Campaña internacional que mancomunada y solidariamente ponga límite a esta política que desde los centros de poder internacional pretende pisotear la soberanía y dignidad de nuestras naciones.
Cabe recordar que la Argentina entra en cesación de pagos en el año 2001, luego de varias décadas de aplicación rigurosa de las políticas neoliberales, ejecutando las recetas dictadas por los organismos financieros internaciones que dieron como resultado el desempleo, la pobreza, el crecimiento desmesurado de esta deuda y finalmente la quiebra de nuestro país, sumergiéndola en la crisis más profunda de su historia.
Desde hace una década en este contexto tan desfavorable la Argentina, en sintonía con la nuevas propuestas construidas con los países hermanos de la región, comienza a ejecutar una política económica soberana basada principalmente en un sostenido crecimiento económico con inclusión social y distribución de la renta, generando un proceso autónomo y racional para saldar sus deudas externas e internas heredadas de los períodos anteriores. En este sentido, primero se cancela la deuda de la Argentina con el FMI, se continúa firmando un acuerdo con el 93% de sus acreedores, se cumple estrictamente las obligaciones emanadas de esos acuerdos y recientemente se logra un entendimiento definitivo para cancelar la deuda que aún existía con el Club de Paris. La Argentina sostuvo y sostiene su decisión de seguir negociando, incluso con la ínfima minoría que se viene negando a reestructurar la deuda en términos lógicos y racionales.
El fallo avalado por la Corte de los EEUU es además irresponsable, porque no se hace cargo de los enormes riesgos que plantea al orden mundial la crisis que afecta a muchos de los países centrales. Con las decisiones tomadas por la Justicia estadounidense se convalida la ambición de los grupos financieros por encima de la Soberanía argentina y de cualquier otra nación del planeta.
Estamos convencidos que estos fallos de la Justicia de los EE.UU, no son sólo un injusto castigo a las políticas soberanas llevadas adelante por la Argentina, sino la luz verde que inicie una gran embestida global para intentar doblegar y poner de rodillas a aquellos países que buscan ponerle límites al capital financiero internacional. Busca disciplinar y atemorizar a todos los gobiernos de la región que han demostrado que son capaces de frenar el negocio del capital especulativo, priorizando la inversión productiva y el incremento de los recursos para sostener políticas sociales y de distribución de la renta y encontrando en la integración regional la forma de terminar con la dependencia de las grandes potencias.
Hoy tenemos que levantar nuestra voz, tenemos que articular las acciones necesarias para impedir el éxito de estos actos extorsivos, que constituyen una gran estafa a nuestros países, consolidando una pesada hipoteca que recaerá sobre la espalda de varias futuras generaciones y condenando nuevamente al hambre y miseria al conjunto de nuestros pueblos. Hoy con la acción fraternal de los trabajadores y del pueblo todo debemos exigir a nuestros gobiernos una respuesta contundente, que confronte a estas pretensiones coloniales de una minoría especuladora y profundizando la integración le demuestre al mundo la firme decisión de construir un especio soberano con desarrollo, democracia y justicia social.
Convocamos a los trabajadores a no ceder ante el chantaje y a defender lo conquistado desde que logramos terminar con los condicionamientos del capital especulativo. Convocamos a los trabajadores a movilizarse en defensa de su soberanía, de su futuro y por la construcción de un mundo más justo, más democrático e inclusivo.
http://www.cgtrainternacional.com.ar/
DECLARACIÓN DEL CONSEJO DE JEFAS Y JEFES DE ESTADO DE UNASUR EN RESPALDO A LA POSICIÓN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EN LA REESTRUCTURACIÓN DE SU DEUDA SOBERANA
El Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la UNASUR manifiesta su solidaridad con el gobierno y el pueblo de la República Argentina frente al reciente fallo judicial referido a un grupo minoritario de tenedores de títulos de deuda soberana de la República Argentina pendiente de restructuración (hold-outs) y rechaza el comportamiento de agentes especulativos que ponen en riesgo los acuerdos alcanzados entre deudores y acreedores, afectando la estabilidad financiera global.
Destaca los esfuerzos que viene realizando la Argentina para honrar los compromisos adquiridos desde la reestructuración de su deuda soberana en los años 2005 y 2010 a la que se acogieron más del 92% de sus acreedores.
En tal sentido, manifiesta su pleno respaldo al logro de una solución que no comprometa el amplio proceso de reestructuración de su deuda soberana.
https://www.mrecic.gov.ar/userfiles/comunicado_argentina_deuda_soberana.pdf
COMUNICADO ESPECIAL SOBRE EL NUEVO ATAQUE DEL CAPITALISMO INTERNACIONAL, A TRAVÉS DE LOS FONDOS BUITRES, A LA REPUBLICA ARGENTINA
Los países de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América – Tratado de Comercio de los Pueblos (ALBA-TCP) denuncian el nuevo ataque la hermana República de la Argentina y la soberanía e independencia de los países de Nuestra América manifiesto en las decisiones adoptadas el 18 de junio de 2014, por la Corte Suprema de los Estados Unidos y la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito en ese país, que impiden a la Argentina cancelar la deuda reestructurada convenida con sus acreedores a menos que, de manera simultánea, pague la totalidad de lo reclamado por los fondos buitres (que podría ascender a 15 mil millones de dólares).
Estos fondos especulativos son un peligro latente y real para todos los países del mundo, atacan las economías nacionales impidiendo los procesos de negociación de deudas y tratan de evitar que los Estados, de acuerdo a con su legislación nacional, puedan proteger los derechos de sus ciudadanos. Esta decisión injerencista tiene como claro objetivo atacar financieramente a la Argentina y generar las condiciones para una cesación de pagos o default. Estos fondos buitres han atacado y obtenido enormes riquezas a través de la estafa realizada a veinte de los 40 países más pobres del planeta; pero ni los fondos ni sus intereses pueden estar por encima de los Estados y de los ciudadanos.
Recientemente, los países del G77+China afirmaron que «algunos ejemplos recientes de las acciones de los fondos buitres en los tribunales internacionales han puesto de manifiesto su carácter altamente especulativo».
Los países miembros del ALBA-TCP ratifican su más firme apoyo a la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner, a su gobierno y al Congreso de la Nación, que han rechazado con valentía este atropello y se ponen a su disposición para apoyarlos en la defensa de la soberanía nacional de su patria, ante la arremetida imperialista que pretende doblegar al noble pueblo argentino.
Caracas, 24 de junio de 2014
Argentina’s ‘vulture fund’ crisis threatens profound consequences for international financial system
Global and systemic implications of United States Supreme Court rulings in favour of hedge funds over Argentina on 2001 defaulted bonds
The United States Supreme Court issued a ruling on 16 June 2014 declining to hear Argentina’s appeal against a lower New York court decision that had ordered it to pay suing hedge funds $1.33 billion, which is principal plus interest for holdout bonds. This was followed shortly by another decision by the Supreme Court to order the relevant financial institutions of the United States of America to turn over information to these hedge funds about assets that Argentina holds worldwide, including accounts held by entities of the Government of Argentina and by individual officials1.
These two rulings targeted at Argentina’s 2005 and 2010 debt swaps, in the wake of its catastrophic 2001-2002 default on $100 billion bonds governed by New York law, resonate well beyond the borders of Argentina and the United States. The rulings are a resounding victory for the specific hedge funds that have held out on Argentine debt swaps. They also open the door for other «vulture» funds and holdout investors to come forward to request full payment on Argentine bonds, estimated at around $15 billion. If Argentina pays the holdout bond holders, it must extend full payment to the bond holders that accepted the 2005 or 2010 debt swaps, due to a «Rights upon Future Offers» clause in its law. This would amount to an estimated cost of over US$120 billion2. In fact, the rulings could open floodgates to other similar cases depending on interpretations given by courts under New York law, British law or other laws. Copycats will abound.
But they also set legal precedents which could have profound consequences for the international financial system:
- First, by removing financial incentives for creditors to participate in orderly debt workouts, the rulings will make future debt restructuring even more difficult, in particular for outstanding bonds without a Collective Action Clause, the actual amount of which is unknown but is likely to be large.
- Second, obligating third-party financial institutions to provide information about assets of sovereign borrowers will have a significant impact on the international financial system as it forces financial service institutions to provide confidential information on the sovereign borrower’s global financial transactions to facilitate the enforcement of debt contracts for the creditors.
- Third, the ruling will erode sovereign immunity.
A setback for debt restructuring
After defaulting on its $100 billion sovereign bonds in 2001, Argentina offered debt swaps in 2005 and in 2010. Investors holding about 93 per cent of the old bonds participated in these debt swaps. The Congress of Argentina passed a law in February 2005 that forbade the Government to make payments on any bonds not tendered, to later reopen the exchange or to settle with non-participating creditors one by one on the side. However, a handful of hedge funds purchased the bonds after the default when they were at deep discounts. Since then, they have repeatedly demanded to be paid at 100 per cent of their face value. This is considered by many as predatory. For example, NML Capital purchased the majority of their Argentine bonds from June-November 2008, paying an estimated $48.7 million for over $220 million in defaulted bonds, a price of just over 20 cents on the dollar3.
According to estimates by Morgan Stanley, bond holders who accepted the 2005 offer have received returns of about 90 per cent4thanks in particular to a coupon linked to gross domestic product growth, which significantly increased the amount actually received. In response, the holdout bond holders led by NML Captial changed tactics and took out law suits (based on the pari passu, or equal treatment, clause in bond contracts) in New York’s lower court which would tie any future payments on restructured bonds to payment in full to holdout bond holders This was an unheard of interpretation of the clause which shocked even veterans in the debt restructuring world. However, on 18 November 2013, the United States Second Circuit Court of Appeals ruled in favour of NML Capital. Argentina appealed the ruling to the United States Supreme Court. With the Supreme Court leaving the lower court rulings intact, it has created a precedent for awarding holdout creditors and penalizing creditors who participated in a debt restructuring.
Since the Argentine default, there has been a more prevalent introduction of the Collective Action Clause in bond contracts which has the potential of restricting the likelihood of a small number of creditors holding out on debt restructuring. However, it is important to note that existing bonds without Collective Action Clause will take years to expire. This means that, with the Supreme Court rulings, the world has limited tools to initiate debt restructuring for bonds with a pari passu clause and without Collective Action Clause. The Supreme Court ruling has given bond holders a strong weapon to get full payments. As stated in the recently published International Monetary Fund (IMF) paper on debt restructuring, «in essence, the [United States] courts have interpreted a ‘boiler plate provision’ of these contracts (the pari passu clause) as requiring a sovereign debtor to make full payment on a defaulted claim (in this case, held by the secondary market purchaser) if it makes any payments on the restructured bonds»5.
Given such consequences, the Governments of France and Germany supported Argentina in its legal struggle. Economists such as Joseph Stiglitz and Anne Kruger petitioned against the hedge funds.
Obliging financial institutions to assist debt collectors
The Second Circuit also rules that third parties (banks in this case) who make payments on behalf of the Government of Argentina to bond holders which participated in the two debt swaps will be punished and viewed and treated as being in contempt of law if they continue to make such payments and holdouts are paid in full. On top of this, the second ruling of the Supreme Court confirmed NML Capital’s request that banks involved in handling the payment of Argentine bond holders must turn over information to holdout bond holders on assets that Argentina holds worldwide. Obliging financial institutions to provide information about assets of sovereign borrowers’ assets worldwide will have significant impact on the international financial system as it forces financial service providers to provide confidential information on the sovereign borrower’s global financial transactions to facilitate enforcement of debt contracts on behalf of the creditors. Third parties have been dragged from the wings to centre stage. In addition, it also seems they are obliged to assist holdout bond holders in reclaiming their debt. Once again, exchange holders are punished and holdouts are rewarded.
Justice Ruth Bader Ginsburg, a member in the Supreme Court’s group of justices deciding the case, asked: «By what authorization does a court in the United States become a ‘clearinghouse for information’ about any and all property held by Argentina abroad?6» By setting this legal precedent, it would not be surprising to see changes in the financial market and ways to aid creditors in enforcing contracts and punishing borrowers.
Erosion of sovereign immunity
The ruling does not only impact the financial service providers involved, it also severely erodes sovereign immunity and is not in compliance with the United States Foreign Sovereign Immunities Act. The Government of the United States filed a brief in favour of Argentina and stated that a ruling in favour of bond holders would harm international relations and could provoke «reciprocal adverse treatment of the United States in foreign courts»7. An official representing the Administration cautioned at the Court that «the United States would be gravely concerned about an order of a trial court in a foreign country, entered at the behest of a private person, seeking to establish a clearinghouse in that country of all the United States’ assets»8. However, the Chief Justice of the United States Supreme Court did not seem to feel any apprehension. In response to concern of the Government of the United States on non-compliance with the Immunities Act, the Justice advised the Government to amend the Act.
With the Supreme Court ruling, the likelihood of aggressive holdout investors snatching assets of defaulted sovereigns might increase. In 2012, NML Capital detained an Argentine navy vessel in Ghana as part of its effort to gain repayment on the defaulted securities.
Following an Argentine proposal to pay exchange bond holders in Argentina under Argentine law on 17 June, one day after the Supreme Court rulings, the United States Second Circuit Court of Appeals ruled that this kind of act is in violation of the rulings and proceedings now in place in the Southern District of New York.
Restating the case for a sovereign debt workout mechanism
The United States Supreme Court rulings have once again demonstrated what can happen in the absence of an international debt workout mechanism. This vacuum has led to fragmentation of legal forums, thereby creating inconsistency and unpredictability. Different courts have very different interpretations of the same contractual clause and can impose a wide array of rulings. Politics and interests groups can impact on the outcome of rulings and debt restructurings, compromising consistency and fairness.
The rulings have made future debt restructuring much more difficult as debtors are left with only moral suasion and foreign relations as weapons to encourage creditor coordination. They have also strengthened the hand of creditors even though their behaviour can be among the underlying causes of debt crises.
The June 2014 IMF Policy Paper entitled «The Fund’s lending framework and sovereign debt – preliminary considerations» and its annexes (in a separate paper) reviewed the lessons of past debt restructurings. However, when it comes to possible directions for reform, the proposals are to maintain a market-based approach (based on debt contracts) and debt reprofiling – extending debt maturity – based on the IMF’s judgement that an unsustainable debt situation exists. Debt reprofiling has the potential to trigger credit default swaps and is viewed by some as a debt restructuring. One wonders whether the IMF is best positioned to give timely and fair judgements and how unsustainable debt could eventually be restructured when the world does not possess sufficient tools to deal with the problems encountered so far. To rely on the market approach under which different courts are to interpret clauses of the debt contracts as the United States Supreme Court has done would lead to outcomes with «broad systemic implications», just as the IMF warned.
In this chaotic context, the formulation of global and harmonious rules and principles guiding sovereign debt restructurings has become of paramount importance. This is why UNCTAD has been a long-standing advocate of a sovereign debt workout mechanism and is currently working on a project financed by the Government of Norway to further clarify how it could work in practice. The list of general principles and issues identified thus far by a group of experts under the project includes:
- Standstill/stay of litigation
- Debt thresholds and indicators
- Transparency
- Comprehensiveness and seniority (equity among creditors, collective action issues)
- Legitimacy
- Impartiality (institutional)
- Institutional oversight and the relation between international and domestic levels.
1United States, Supreme Court of the United States, 2013, Syllabus, Republic of Argentina v. NML Capital.
2Wall Street Journal, 2014, Argentina wants to continue paying its debts: but they won’t let it, 21 June.
3A Phillips and J Johnston, 2013, Argentina vs. the vultures: What you need to know, 2 April, Center for Economic and Policy Research.
4D Benson, 2012, Billionaire hedge funds snub 90% returns, Bloomberg News, 23 January.
5IMF, 2014, The Fund’s lending framework and sovereign debt – preliminary considerations, IMF Policy Paper, June.
6United States, Supreme Court of the United States, 2013, Syllabus, Republic of Argentina v. NML Capital.
7United States, United States Court of Appeals for the Second Circuit, 2013, Brief for the United States of America as amicus curiae.
8New York Times, 2014, Argentina’s debt appeal is rejected by Supreme Court, 16 June.
El G77 envía carta de apoyo a la Argentina a juez de EEUU
Rechazan el accionar de los fondos buitre, al tiempo que explicitaron su “solidaridad unánime” ante la situación judicial que se le presenta al país a causa de una sentencia que fue calificada de “injusta”.
Este pronunciamiento se convertirá en una nota que será enviada al juez Thomas Griesa y al gobierno de Estados Unidos, en la que advertirán el impacto sistémico que puede tener la aplicación de este fallo.
Así lo hicieron hoy los representantes de esos países en Naciones Unidas, luego de la disertación del ministro de Economía, Axel Kicillof, sobre la reestructuración soberana de deuda, las recientes decisiones judiciales y las acciones que lleva adelante la República Argentina.
Durante la sesión, presidida por el boliviano Sacha Llorenti Solís, distintas voces coincidieron en el apoyo en la posibilidad de “negociaciones, justas y equilibradas a ambas partes”, según resumió el canciller Héctor Timerman al finalizar el encuentro celebrado en la sede de Naciones Unidas.
En ese marco, se acordó elevar una nota al juez y al gobierno norteamericano, ya que “lo que está en juego no tiene que ver con la República Argentina, sino que tiene implicancias globales y sistémicas”, agregó Timerman.
Brasil, el principal socio comercial argentino, expresó que el fallo del juez Thomas Griesa es “irracional y ezquizofrénico”.
A su turno, Pakistán, que expresó su “solidaridad”, consideró que “no se puede forzar a un país a forzar a pagar todo, e instantáneamente”.
En tanto el representante de Cuba transmitió su “solidaridad y pleno apoyo ante una justo reclamo” de la Argentina, ante “esta situación de chantaje y extorsión, no sólo contra la Argentina, sino contra todos los pueblos”.
Asimismo, Nicaragua consideró que se trata de “una situación de pillaje internacional”, y que están poniendo a la Argentina “contra la pared”.
El país centroamericano dijo que “rechaza y condena la decisión judicial que coloca a la Argentina en una situación extremadamente difícil”, y elevó el pedido a “los 134 países miembros, de tener una acción urgente” al respecto, y de “dar mandato de estar en consulta permanente de aquí al 30 de junio”, fecha en que vence el plazo del pago a bonistas que ingresaron a los canjes del 2005 y 2010, sostuvo el diplomático nicaragüense al hacer uso de la palabra.
Chile, por su parte, consideró que “esta situación está en desequilibrio a favor de los acreedores”, y resaltó que “todos fuimos testigos importantes esfuerzos para reestructurar su deuda, en un ambiente internacional adverso, y habiendo alcanzado una mayoría del 93% de los acreedores”.
Ecuador, en tanto, expresó “la urgencia que tiene Argentina” y destacó su solidaridad, los mismo que Sudan y Jamaica, entre otros países.
Guatemala, en tanto, expresó deseo que se encuentre “una salida jurídica, a un criterio adoptado por un juez solitario”.
El gobierno de Uruguay alertó que “esta clase de problemas puede recaer en otro país en situación equiparable con Argentina, y expresó su “rechazo a la actitud de estos fondos cuyo accionar obstaculiza una solución entre deudores y acreedores y pone en riesgo estabilidad financiera de los países”.
Perú indicó que “es solidario, no sólo por principio, sino porque lo hemos vivido y conocemos a fondo estos grupos que en el pasado hicieron peligrar a Perú”, remarcando también el “gran sacrificio de la Argentina en llegar solución, y encima fondos adicionales de grupos minoritarios, lo quieren boicotear”, se hace una carga insostenible”.
Carta completa: http://www.telam.com.ar/advf/documentos/2014/06/53acc17506db3.pdf
CEPAL se refiere a las implicancias de los holdouts para el sistema financiero internacional
En la siguiente declaración, la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), Alicia Bárcena, plantea la necesidad de establecer un mecanismo internacional que permita resolver los conflictos de intereses suscitados por defaultssoberanos:
“A comienzos de 2013 la CEPAL organizó en Ciudad de México un seminario titulado “La crisis de la deuda 30 años después”, a raíz del trigésimo aniversario de la moratoria de la deuda externa mexicana de agosto de 1982. Esa fecha marcó el inicio de lo que luego se conocería como la “década perdida” para el desarrollo latinoamericano, el período de mayor penuria socioeconómica que experimentara la región a lo largo de su historia.
Tres décadas más tarde, la crisis financiera global y sus efectos (2007-2009) y la crisis de la eurozona (2008-2012) han vuelto a poner de relieve varias de las profundas inconsistencias e inequidades que en ese entonces se ponían de manifiesto, tanto en relación con la organización del sistema monetario internacional como con el poder desmesurado que adquiría el mundo de la finanzas por sobre el del trabajo y la producción. Además, estas crisis han demostrado que para evitar costos económicos y sociales profundos y duraderos se requieren mecanismos de negociaciones y soluciones a nivel internacional que faciliten los pagos y permitan un manejo adecuado de la deuda en el tiempo.
El riesgo asociado a la ausencia de un mecanismo de este tipo es, precisamente, lo que vuelve a ponerse de relieve a partir de la reciente decisión de la Corte de Suprema de Justicia de los Estados Unidos de rechazar el tratamiento de la contienda legal entre Argentina y una parte minoritaria de los denominados holdouts (también conocidos como “fondos buitres”, debido a su estrategia de adquirir títulos de deuda soberana en cesación de pagos a precio vil para luego -proceso judicial mediante- exigir la totalidad de su cobro).
Dicha decisión no solo dificulta -o, quizás, imposibilite- que Argentina continúe con el pago del servicio de su deuda reestructurada, sino que atenta contra la estabilidad del sistema financiero internacional, en tanto constituye un precedente que puede obstaculizar otros procesos de reestructuración de deuda soberana en el futuro. Pues si ante una negociación voluntaria como la llevada a cabo por Argentina, en la que más de 92% de los acreedores aceptó canjear los títulos de deuda en cesación de pagos (por nuevos bonos con una quita considerable), cualquier acreedor puede reclamar y cobrar la totalidad de la deuda ¿cuáles son los incentivos para ingresar a futuro en una reestructuración semejante?
Además la decisión puede incluso tener efectos negativos para quienes participaron en la renegociación. Por un lado, si Argentina se viera forzada a declarar la cesación de pagos ningún acreedor cobraría. Por otro lado, si Argentina optara por pagar debe hacerlo a todos los acreedores con independencia de si participaron o no en la reestructuración 2005-2010.
La introducción de cláusulas de acción colectiva (que obligan a la minoría no dispuesta a ingresar a un canje a aceptar los términos de la restructuración en función de la voluntad de la mayoría) es necesaria para darle al sistema una mayor estabilidad en el futuro, pero sus verdaderas implicancias jurídicas aún no se conocen con certeza y pueden estar sujetas a cuestiones de interpretación. La discutida interpretación de la cláusula pari passu que está en el origen de esta controversia no hace más que abonar este tipo de incertidumbre. Pero además se necesita diseñar un mecanismo de reestructuración de deuda que tenga en cuenta las condiciones de los deudores incluyendo la necesidad de que el pago del servicio de la deuda pueda depender, por lo menos en parte, de condiciones macroeconómicas contingentes de la cuales dependen la capacidad del servicio de la deuda.
Es en este sentido que emerge la necesidad de establecer un mecanismo internacional que permita resolver los conflictos de intereses suscitados por defaults soberanos tal como vienen planteando los organismos internacionales, incluyendo la CEPAL. De la misma manera que las legislaciones nacionales contemplan mecanismos para evitar que una minoría acreedora obstruya la voluntad de una mayoría dispuesta a llegar a un acuerdo de reestructuración de pasivos derivada de una quiebra, los Estados deberían contar con un encuadre jurídico similar que viabilice los mismos mecanismos en el plano internacional. En 2003 el propio FMI propuso -como se sabe, sin éxito- la creación de un mecanismo de reestructuración de deudas soberanas. En aquel momento los países avanzados (o “centrales”, como hubiera dicho Raúl Prebisch) consideraron que las negociaciones voluntarias a través del mercado serían más eficientes. En la misma línea, en septiembre de 2009 el llamado “Informe Stiglitz”, que sintetiza las conclusiones de un panel de 20 expertos convocados por el presidente de la Asamblea General de las Naciones Unidas para discutir la agenda de reformas necesarias en el sistema financiero internacional luego de la crisissubprime, proponía la conformación de un tribunal internacional para la resolución de este tipo de controversias (International Debt Restructuring Court).
Como producto del fallo judicial en cuestión, existe la posibilidad de que la deuda pública argentina denominada en moneda extranjera aumente significativamente, no solo porque las obligaciones emanadas de los holdouts litigantes (tenedores del 1% de los títulos de deuda entró en cesación de pagos en 2001) podrían rápidamente extenderse al resto de los holdouts (tenedores de cerca del 7%), sino porque el acatamiento de este fallo puede activar la cláusula RUFO (Rights Upon Future Offers). Esa cláusula impide que Argentina mejore las ofertas realizadas en los canjes de 2005 y 2010 hasta el 31 de diciembre de 2014 si no está dispuesta a equipar las nuevas condiciones de pago a la totalidad de los tenedores de deuda reestructurada (es decir, al 92% restante). Según las estimaciones más conservadoras, la activación de dicha cláusula podría aumentar en más de 100.000 millones de dólares estadounidenses la deuda pública externa de Argentina. A título comparativo, la deuda pública argentina denominada en moneda extranjera con acreedores privados y organismos internacionales de crédito asciende a 79.000 millones de dólares (datos oficiales de septiembre de 2013). De esta manera, una minoría (1% de los acreedores) echaría por tierra el proceso de reestructuración de deuda poscrisis de 2001 aceptado por la mayoría (92% de los acreedores).
Sin esa reestructuración, Argentina hubiera experimentado otra “década perdida” en los años 2000. Dificultosamente y a lo largo de casi 10 años, el país logró una aceptación mayoritaria de su propuesta. La extensión de plazos y la quita implícitas en el canje de deuda resultante hicieron posible que el país experimentara un ciclo importante de crecimiento, aprovechando las buenas condiciones del contexto internacional, y cumpliera al mismo tiempo con los compromisos emanados de dicha reestructuración. Así como los “salvatajes” de los bancos en una situación de crisis financiera se justifican por las implicancias sistémicas de un quiebre del sistema financiero sobre la economía, las reestructuraciones de los pasivos soberanos, cuando estos son a todas luces insostenibles, protegen el buen desempeño posterior de la economía y por lo tanto también la regularización de los pagos adeudados. Y con ello, naturalmente, el desempeño de los socios comerciales, lo que lo constituye en una cuestión de interés global.
Se trata entonces de un caso testigo para la comunidad internacional, como ya lo han hecho saber numerosos gobiernos y organismos internacionales, que pone de manifiesto un vacío legal que debería dar lugar a una reforma en la normativa internacional que permita proteger el bien común del afán de ganancias extraordinarias de las minorías.