Dictan la primera condena contra el Estado por muerte en tsunami de 2010
La Corte Suprema de Chile condenó hoy al Estado a pagar una indemnización de 55 millones de pesos (unos 105.000 dólares) a los familiares de un fallecido en el tsunami que siguió al terremoto del 27 de febrero de 2010, por difundir información errónea, informaron fuentes judiciales.
Los beneficiarios son la esposa, hijos y nieto de Mario Segundo Ovando Garcés, quien murió el 3 de marzo de ese año en el sureño puerto de Talcahuano, a causa de las secuelas de una asfixia por inmersión al ser arrastrado por una ola gigante el día de la tragedia, precisaron las fuentes.
Se trata de la primera sentencia, emitida por los jueces de la tercera sala del máximo tribunal, que establece la responsabilidad del Estado en la muerte de una persona producto del terremoto de 8,8 grados y el posterior tsunami, que dejaron 526 víctimas mortales, 800 mil damnificados y daños por 30.000 millones de dólares en seis regiones del centro y sur de Chile.
La sentencia, que acogió un recurso de los demandantes contra fallos anteriores que habían rechazado la reclamación, determinó la responsabilidad de las autoridades chilenas, debido a que la víctima y su familia decidieron permanecer en su casa tras escuchar, por una emisora local, que el intendente regional del Biobío reportaba que no existía riesgo de tsunami.
«Sobre tales antecedentes de hecho (…) la relación causal resulta indiscutible, por cuanto según se ha dicho, la entrevista radial del Intendente varió el ánimo de los Ovando de incertidumbre a tranquilidad, por lo cual al producirse la salida de mar fueron sorprendidos en la confianza de estar seguros», señaló la sentencia.
Numerosos familiares de víctimas del terremoto y tsunami han interpuesto demandas contra el Estado chileno por el hecho de que autoridades hubiesen entregado inicialmente información errónea que pudo conducir a las personas a tomar decisiones equivocadas.