Bolivia: hasta 30 años de prisión para quien atente contra indígenas en situación de vulnerabilidad

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Una ley fijó de 15 a 30 años de prisión para quien atente y cause daños a indígenas en situación de vulnerabilidad y cuya sobrevivencia esté extremadamente amenazada, según la norma aprobada por el Senado la semana pasada.

La “Ley de protección a naciones y pueblos indígena originarios en situación de alta vulnerabilidad”, difundida ayer establece las sanciones con la modificación de un artículo referido al genocidio en el Código Penal.

La pena será para el que “diere muerte o causare lesiones” a los indígenas o los “sometiere a condiciones de inhumana subsistencia o de asimilación forzosa, o les impusiere medidas destinadas a impedir su reproducción o realizare con violencia el desplazamiento de niños o adultos hacia otros grupos”, dice la norma.

Los 30 años de prisión son la máxima sanción que establece la legislación en el país y también se aplican para el delito de genocidio como “masacre sangrienta”, el asesinato y el feminicidio.

La norma también establece penas de hasta 13 años de cárcel para quienes propaguen enfermedades, contaminen o adulteren aguas, medicamentos o alimentos, provoquen escasez de alimentos y comercien con sustancias nocivas y que tengan como víctimas a indígenas.

http://www.lostiempos.com/diario/actualidad/nacional/20131218/fijan-30-anos-de-carcel-para-quien-dane-a-etnias_238863_518910.html

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