La Corte Suprema declaró la constitucionalidad de la ley de medios
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la constitucionalidad de la Ley 26.522, de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), en una votación que sólo contó con la disidencia del ministro Carlos Fayt.
La “constitucionalidad general de la ley de medios” fue decretada por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco (en forma conjunta), Enrique Petracchi, Carmen Argibay, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Raúl Zaffaroni.
En el primer acuerdo tras las elecciones de renovación parlamentaria del domingo último, los ministros aseguraron que “esta mañana terminamos de trabajar” en el fallo con lo cual intentaron desvincular la difusión de la sentencia con las últimas elecciones.
“La Corte ha dicho que la libertad de expresión es, entre las libertades que la Constitución consagra, una de las que posee mayor entidad, al extremo que sin su debido resguardo existiría tan solo una democracia nominal”, afirmaron los ministros.
Tras analizar diversos aspectos del rol de la libertad de expresión, los jueces concluyeron que “se trata de fortalecer una democracia deliberativa, en la que todos puedan, en un plano de igualdad, expresar sus opiniones y en la que no puedan admitirse voces predominantes”.
De esta forma y tras cuatro años de demora, la Corte Suprema resolvió a favor de la constitucionalidad de la ley.
Los artículos cuestionados por el Grupo Clarín eran el 41, que establece que las licencias son intransferibles; dos apartados del 45, que fijan un límite a la cantidad de licencias concentradas; el 48, que descarta la figura de un «derecho adquirido» por parte de las empresas que tienen más licencias de las permitidas y el 161, que da un año de plazo para que aquellos que tengan que adecuarse a la ley.
Esquema explicativo de la decisión y fallo completo de la Corte: http://cij.gob.ar/nota-12394-La-Corte-Suprema-declar–la-constitucionalidad-de-la-Ley-de-Medios.html