La homosexualidad y el trabajo sexual ya no serán delito en Costa Rica
Los trabajadores y las trabajadoras del sexo, y los homosexuales, no podrán ser castigados por la justicia, según lo ordenó la Sala Cuarta.
La Sala declaró inconstitucionales dos artículos del Código Penal que permitían a un juez imponer medidas de seguridad a las personas homosexuales y a las prostitutas, por su sola condición o personalidad.
Con esta resolución se eliminan las palabras «homosexualismo» y «prostitución» del Código Penal, como actividades peligrosas.
Una de las normas, que fueron impugnadas por la Defensoría de los Habitantes, calificaba la homosexualidad como enfermedad, lo cual desde el punto de vista médico es incorrecto.
Por otra parte, la Sala IV decidió que no se debe castigar a quienes ejerzan la prostitución, pues se trata de una actividad de libre autodeterminación de las personas.