La CIDH archiva demandas contra Costa Rica por nicaragüenses deportados

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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), notificó a Costa Rica su decisión de archivar el caso de los nicaragüenses deportados en 1995 y que acudieron a esa instancia en el año 2000.

La Comisión notificó el Informe referido al caso que había sido admitido por la CIDH desde el año 2000, para analizarlo por el fondo y que se refiere a la denuncia de un grupo de nicaragüenses que alegaron haber sido capturados e inmediatamente deportados de Costa Rica a Nicaragua, por carecer de documentos migratorios, lo que les impidió presentar una denuncia o interponer recurso jurisdiccional ante las autoridades costarricenses competentes, hecho que ocurrió el 22 de febrero de 1995.

El Ministerio de Relaciones Exteriores, puntualizó que la decisión tomada la semana anterior por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos desestima las razones de la acusación y ratifica a Costa Rica como país respetuoso y comprometido con los derechos humanos y solidario con los nicaragüenses que emigran a nuestro país en busca de “oportunidades que en su propio país no encontraron”.

El Ministerio del Exterior costarricense recordó, en el comunicado oficial, que el año pasado y tras una reunión de trabajo celebrada en Washington D.C. “Costa Rica hizo ver a la CIDH el desinterés de los peticionarios en la presente gestión, quienes tenían más de 12 de años de no realizar gestión alguna”. Además, en coordinación con la Dirección de Migración y Extranjería, expusieron en detalle a la CIDH, los avances que ha tenido el país con la nueva ley de migración.

El caso data del 28 de febrero de 1995, cuando la CIDH recibió la denuncia en contra de Costa Rica por una supuesta violación de los derechos humanos en perjuicio de 47 ciudadanos nicaragüenses deportados por Costa Rica hacia su país, el 22 de febrero de 1995.

Costa Rica explicó los hechos en aquel momento como un trámite de rutina para dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley General de Migración. Se realizó un operativo para  ubicar y deportar a extranjeros que hubieran ingresado al país de manera clandestina. Los operativos de este  tipo respondieron a normas nacionales e internacionales y a los procedimientos establecidos y, a cada persona deportada se le levantaba un expediente y se le notificaba la respectiva resolución de deportación. De igual forma, se participaba al Consulado del país de origen a efecto de que éste pudiera registrar el ingreso de cada deportado en su territorio.

En otro caso  parecido también relacionado con nicaragüenses, en marzo de 2007, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), declaró inadmisible en todos sus extremos la comunicación “Canda Mairena y Silva Urbina”, presentada por Nicaragua, ratificando las amplias garantías de acceso a justicia en Costa Rica y el respeto a los derechos humanos.

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