Bolivia: movimientos acuerdan con el gobierno anteproyecto de Ley Marco de Consulta Previa

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Unos 200 dirigentes sociales fueron parte del consenso del proyecto de Ley de Consulta.
El Ministro de Gobierno, por parte del Ejecutivo, comandó el análisis del anteproyecto. Las cinco organizaciones sociales del Pacto de Unidad fueron parte del trabajo. 

El anteproyecto de Ley Marco de Consulta Previa Libre e Informada, consensuada entre el  Pacto de Unidad y el Gobierno, crea el Consejo Consultivo Plurinacional para mediar y conciliar en los conflictos entre el Estado y los pueblos indígena originario campesinos.

“Se crea un Consejo Consultivo Plurinacional de consulta integrado por los máximos representantes de las organizaciones sociales indígenas y campesinas del Pacto de Unidad”, afirmó el ministro de Gobierno, Carlos Romero, en la reunión final de la comisión nacional de elaboración del anteproyecto de Ley de Consulta.

Romero explicó que esa instancia, además del seguimiento, tendrá la labor de sistematizar, monitorear, orientar, mediar, conciliar y tomar decisiones en temas inherentes al proceso de consulta previa de manera independiente al Tribunal Electoral, veedores y otros.

Según la autoridad, en el encuentro realizado entre el sábado y ayer en Cochabamba también se acordó que la consulta previa tendrá como sujetos consultados a pueblos indígenas y originarios, interculturales, campesinos y afrodescendientes.

La obligatoriedad de que el Estado consulte para aplicar medidas administrativas o legislativas con el fin de llegar a un acuerdo vinculante es otro punto pactado y el cual será parte de la ley. El Ministro de Gobierno dijo que sólo quedaron pendientes los alcances del “consentimiento” y qué sucedería si se agotara la consulta y hubiera una negativa de participación de la comunidad. La propuesta gubernamental fue que el Estado tome una decisión. Esa posición fue objetada, por lo cual se acordó derivarla en consulta al presidente Evo Morales.

La presidenta de la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia (Cidob), Melva Hurtado, destacó que el acuerdo surgió de una verdadera demostración de unidad de los pueblos indígena originario campesinos. “Todas las regionales han participado con voz y voto, con cada uno de sus delegados de sus pueblos y de sus regionales”, dijo.

El jiliri apu mallku (máxima autoridad) del Consejo Nacional de Ayllus y Marqas del Qullasuyu (Conamaq), Félix Becerra, resaltó el consenso alcanzado y pidió garantizar su cumplimiento.

El ejecutivo de la Confederación Sindical de Comunidades Interculturales de Bolivia, Éver Choquehuanca, ponderó la responsabilidad del Pacto de Unidad.


37 artículos y tres disposiciones tiene el anteproyecto de Ley Marco de Consulta Previa Libre e Informada.

Bolivia, el segundo país en construir ley 

El representante de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el peruano Iván Lanegra, destacó ayer que Bolivia será el segundo país de la región en contar con una Ley de Consulta Previa.

“Bolivia vendría a ser, si se aprueba, el segundo país de la región en contar con una ley. Creo que es un paso importante porque algunos países de la región están discutiendo la posibilidad de normas, sean leyes o reglamentos”, aseveró.

El Perú comenzó con el proceso y existen iniciativas para contar con instrumentos legales similares en Colombia, Brasil y Chile, además de algunos países de Centroamérica, señaló.

Lanegra relievó el consenso alcanzado en Bolivia tras intensos debates.

“El artículo ocho del anteproyecto de ley incluye a todas las organizaciones sociales; los pueblos indígenas, originarios y campesinos somos iguales. Se concluyó con buen consenso”, destacó el dirigente de la Confederación de Comunidades Interculturales Originarias de Bolivia (CSCIOB), Johnny Maraza, respecto de los acuerdos.

“El anteproyecto de ley fue trabajado y debatido por todos los pueblos indígenas de Bolivia.

Melva Hurtado

Secretaria Ejecutiva de la Cidob.

Algunos artículos

OBJETO (ARTÍCULO  1):

La presente ley tiene por objeto normar el derecho a la consulta previa, libre e informada de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y pueblo afroboliviano, cuya finalidad es llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones propias a los directamente afectados varones y mujeres, cuando se prevea la adopción de medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectar en sus derechos colectivos de acuerdo con lo establecido en la CPE, Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos Indígenas.

OBLIGACIÓN DEL ESTADO (Art.  12):

Es obligación del Estado, a través de sus entidades del nivel nacional o entidades territoriales autónomas, promover e implementar procesos de consulta previa libre e informada a las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y pueblo afroboliviano, según  la CPE  e  instrumentos internacionales.

http://www.cambio.bo/movimientos_sociales/20130820/pacto_de_unidad_y_gobierno_sellan_proyecto_de_consulta_97698.htm

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