Chile: la Corte Suprema concede por primera vez el cuidado de mellizos a padre homosexual

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En una decisión considerada “histórica” por los movimientos de la diversidad sexual, la Corte Suprema concedió el cuidado personal de dos menores de tres años a su padre homosexual, quien convive con su pareja del mismo sexo.

En un fallo dividido, la Cuarta Sala del máximo tribunal revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había otorgado la custodia a la madre de los menores. Los ministros que votaron a favor fueron Andrea Muñoz, Carlos Cerda y el abogado integrante Álvaro Quintanilla, mientras que Ricardo Blanco y Gloria Ana Chevesich se manifestaron en contra.

El fallo del tribunal establece que para mantener la estabilidad personal de los niños, es aconsejable dejar su cuidado personal a cargo del progenitor.

Con lo anterior, la sentencia alude a lo sucedido en 2015, cuando los menores fueron llevados a Uruguay por su madre –que quiso impedir que tuvieran contacto con su padre, quien ya estaba en una relación con una persona del mismo sexo– y los retuvo de manera ilícita durante cinco meses.

“Si los sentenciadores de la Corte de Apelaciones estimaban prioritario mantener la estabilidad de los niños, no podían obviar esta circunstancia, desde que ciertamente es demostrativa de una actitud que la perturba y que, en consecuencia, contraría el interés superior de los niños”, se lee en el fallo.

El texto agrega que “si bien la estabilidad emocional ha de ser un criterio a considerar por los juzgadores a la hora de establecer tanto el régimen comunicacional como el ejercicio del cuidado personal, resulta indicativo para el caso que aquí se debate, el hecho que el legislador la asocie precisamente -la estabilidad- a la actitud que tenga cada uno de los padres para cooperar con el otro”.

El Movilh celebró la decisión, y a través de un comunicado, destacó que “estamos en presencia de un hito, pues si bien fallos similares se habían dado en el caso de madres lesbianas, este es el primero de un padre gay y donde en la misma sentencia se hace explícita referencia a su pareja del mismo sexo y al hecho de que convive con él”.

“Para los jueces lo relevante fue el interés superior del niño, no así la orientación sexual de los padres, lo cual viene a demostrar judicialmente que para la crianza lo más importante es y debe seguir siendo la capacidad de entregar amor, afecto y protección”, agregaron.

El Desconcierto

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