Colombia: primer paso en el Congreso de la reforma constitucional para la paz, que incluye la participación política de las Farc

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Ya surtió su primera prueba de fuego el acto legislativo sobre la paz que da facultades extraordinarias al presidente Santos y crea una comisión legislativa especial. En su primero de ocho debates, la reforma incluyó dos artículos nuevos, uno tiene que ver con obligar al estado a que destine a través de un fondo dineros para garantizar el posconflicto. Y el otro, el que autoriza a los exintegrantes de las Farc rasos y la cúpula, a participar en política.

Este artículo quedó de la siguiente manera:

“Los miembros de las organizaciones guerrilleras que en el marco de acuerdos de paz firmados con el gobierno nacional que hayan sido sujetos a la Justicia Transicional, se desarmen de manera verificable y se incorporen a la vida civil, podrán participar en política”, dice el nuevo artículo promovido por el senador Antonio Navarro.

En 15 días llegará la reforma a surtir su segundo debate en la plenaria del Senado de la República.

El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo explicó que el proyecto de acto legislativo tiene como objetivo contar con los instrumentos jurídicos “que permitan al Gobierno cumplir a los colombianos oportunamente con lo acordado en La Habana, y aprobado tras refrendación, de manera más eficaz y rápida para asegurar la fidelidad entre el acuerdo final y los desarrollos normativos necesarios para su implementación”.

Agregó que “este debate y la aprobación demuestra que hay unas mayorías claras y contundentes en el Congreso a favor de la paz de Colombia».

Así mismo invitó a los partidos de la oposición a que «entiendan la necesidad de darle una oportunidad a la paz y acompañen el deseo de los colombianos».

¿Qué contiene la Reforma?

El proyecto de acto legislativo consta de dos artículos, uno que permite la creación de una comisión legislativa especial encargada de convertir los acuerdos de paz en leyes, y otro que otorga facultades especiales al presidente por 90 días para expedir leyes ordinarias.

La comisión especial será conformada por todos los miembros de las comisiones primeras de Senado y Cámara, más 12 congresistas que tengan relación con los temas pactados en La Habana. Estos 12 serán escogidos por las mesas directivas de Senado y Cámara garantizando la cuota de género y la participación de las minorías éticas.

En cuanto a las facultades especiales, el presidente, una vez se firmen los acuerdos de paz y sean refrendados por los colombianos, puede expedir leyes ordinarias para las decisiones que son urgentes en la implementación de los acuerdos, especialmente en los primeros meses que son cruciales en el desarrollo de un acuerdo y que exige gran capacidad de ejecución y decisión por parte del Estado. El Gobierno deberá enviar cada 30 días un informe a la comisión.

Estas facultades se otorgarán por 90 días, prorrogable por un periodo igual mediante decreto presidencial, a partir de la refrendación del acuerdo final. Todos los decretos con fuerza de ley que se produzcan en desarrollo de este acto legislativo tendrán control constitucional automático y posterior.

Para agilizar el cumplimiento de los acuerdos de paz se reducen los tiempos de trámite legislativo, es decir que cuando se trate de una ley no tendría cuatro debates sino solo dos, uno en la comisión especial y otro en congreso pleno; cuando sea reforma constitucional pasará de ocho debates a tres, uno en la comisión especial y se votará de manera separada en plenarias de Cámara y Senado.

Caracol

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